Comienza la campaña de la Renta 2026: todo lo que debes saber para presentar tu declaración sin cometer errores
Hoy, miércoles 8 de abril, arranca oficialmente en España la campaña de la Declaración de la Renta 2026, correspondiente al ejercicio fiscal de 2025, y millones de contribuyentes comienzan el periodo para presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ante la Agencia Tributaria. La campaña se extenderá hasta el 30 de junio de 2026, y desde este miércoles ya es posible presentar el borrador y confirmar la declaración de forma telemática a través de la plataforma Renta WEB, utilizando métodos de identificación como DNI electrónico, Cl@ve móvil o número de referencia. En esta primera fase el contribuyente puede revisar sus datos fiscales y comprobar que todo esté en orden.
Además de la presentación por internet desde el inicio de la campaña, la Agencia Tributaria ha establecido otras fechas clave en el calendario fiscal. La asistencia telefónica con atención personalizada se habilita a partir del 6 de mayo, con cita previa que se puede solicitar desde finales de abril, y la atención presencial en oficinas comienza el 1 de junio, también con cita previa, permitiendo a los contribuyentes que prefieren ser atendidos en persona resolver dudas y recibir ayuda en la confección de su declaración. Para quienes el resultado sea a ingresar y deseen domiciliar el pago, el plazo concluye el 25 de junio, unos días antes de la finalización de la campaña, el 30 de junio de 2026.
Todos los contribuyentes obligados a declarar
Saber si estás obligado a presentar la declaración es uno de los puntos clave para no cometer errores en esta campaña, pues las consecuencias pueden ser fatales. En términos generales, están obligados a presentar la Renta quienes han obtenido en 2025 rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales si proceden de un solo pagador, o superiores a 15.876 euros cuando hay más de un pagador y los ingresos del segundo y siguientes suman más de 1.500 euros. También deben declarar quienes han percibido ingresos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros, rentas inmobiliarias imputadas o subvenciones que superen ciertos umbrales, y todos los trabajadores autónomos, independientemente de sus ingresos.
Además de los umbrales por ingresos, hay situaciones especiales que determinan la obligación de declarar. Por ejemplo, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración junto con su unidad de convivencia, incluso si sus ingresos son bajos. Sin embargo, los perceptores de prestaciones por desempleo que no superen los límites generales no están obligados por el mero hecho de haber cobrado el paro. Estos matices son importantes para evitar presentar la declaración de manera innecesaria o, por el contrario, omitirla cuando sí es obligatorio.
¿Qué son las deducciones y las retenciones en la Renta?
En la declaración de la Renta conviene distinguir entre dos conceptos básicos que influyen en el resultado del impuesto: deducciones y retenciones. Las retenciones son cantidades que los pagadores, como empresas o instituciones, retienen sobre los ingresos del contribuyente durante el año y entregan a Hacienda a cuenta del impuesto final que corresponde pagar.
Las deducciones son beneficios fiscales que reducen directamente la cuota íntegra del impuesto una vez calculada, como las deducciones por familia numerosa, por donativos o por inversión en planes de pensiones, y se aplican en la declaración para disminuir la cantidad a pagar o aumentar la devolución. Esta diferenciación es clave para entender por qué el resultado de la declaración puede salir a pagar o a devolver.
Las dos novedades de la Renta que debes tener en cuenta
Entre las novedades más relevantes de esta campaña se encuentran dos medidas que afectan a amplios grupos de contribuyentes. Por un lado, la no obligación de presentar la Renta para perceptores de prestaciones por desempleo que no superen los límites generales de ingresos, ya mencionada, lo que evita que cobrar el paro implique una declaración automática sin más requisitos. Esto, por tanto, expone que el pago de esta prestación computará como un pagador, y estarán obligados a presentar el ejercicio del IRPF si se superan los umbrales antes explicados.
Por otro lado, se ha consolidado una nueva deducción de hasta 340 euros para trabajadores con rentas bajas, diseñada para proteger a quienes perciben ingresos reducidos, como el Salario Mínimo Interprofesional. Esta deducción se aplica automáticamente si los rendimientos íntegros del trabajo son iguales o inferiores a 16.576 euros, y se reduce de forma progresiva hasta desaparecer cuando los ingresos superan los 18.276 euros, siempre que el resto de rentas no supere 6.500 euros anuales.
Los trabajadores que pueden pagar más de la cuenta
No todos los contribuyentes afrontarán esta declaración de la misma manera, y algunos pueden enfrentarse a un resultado inesperado. Según informes fiscales, los trabajadores con ingresos entre 22.000 euros y aproximadamente 35.200 euros que han experimentado retenciones más bajas durante el año podrían encontrarse con una declaración a pagar más alta de lo habitual. La razón por la que algunos contribuyentes podrían encontrarse con un resultado inesperado en esta declaración se debe a la reforma del IRPF introducida por el Real Decreto 1039/2022, de 27 de diciembre, que modificó las reglas sobre las retenciones en las nóminas.
Esta normativa amplió los límites de ingresos a los que se aplican determinadas retenciones, afectando a salarios de hasta el máximo fijado. El objetivo era trasladar a los trabajadores con rentas bajas y medias los beneficios de la reducción por rendimientos del trabajo, lo que permitió pagar menos impuestos mes a mes, aunque ahora, al ajustar la declaración anual, algunos contribuyentes puedan tener que abonar un importe mayor del esperado.