Un abogado laboralista explica por qué no se deben justificar los días propios en el trabajo: "No son lo mismo que una hospitalización"
Sebastián Ramírez, también conocido como @leyesconsebas en la plataforma TikTok, es un joven abogado laboralista con gran popularidad en las redes sociales y que se enfoca en crear contenido vinculado a ofrecer asesoramiento legal y consejos sobre derechos laborales, despidos, incapacidades y relaciones laborales, entre otros.
En este sentido, en una de sus últimas publicaciones ha zanjado un debate repleto de dudas para aquellos con mayor desconocimiento sobre este tema: ¿Se deben justificar los días por asuntos propios?.
La realidad de esta situación es que los días de asuntos propios no se deben justificar nunca cuando se solicitan. "Ayer me preguntaba un trabajador si era natural que teniendo los días de asuntos propios reconocidos en el convenio colectivo, la empresa le preguntaba qué iba a hacer durante esos días", comenta este profesional. Básicamente, que expresara el por qué de esas jornadas de descanso.
La empresa "no puede pedirte que recuperes los días"
"Eso no es así", insiste. No es lo mismo esta clase de vacaciones que aquellas por una circunstancia derivada de algo ajeno a la persona, como puede ser una desgracia a nivel familiar.
"Los asuntos propios no son, por ejemplo, como los días por ingreso de un familiar u hospitalización, en los cuales, evidentemente, tienes que aportar alguna prueba, algún indicio de que esto que está ocurriendo es real", razona.
Por lo tanto, cuando se tiene que solicitar a la persona correspondiente de la empresa, "no se tiene que alegar ningún motivo en concreto para poder disfrutar de ellos", concreta.
Adicionalmente, a niveles generales, "salvo pacto en contrario", la entidad contratista tampoco tendrá la posibilidad de "pedirte que recuperes esos días", ya que esos días quedan reglados como "de libre disposición".