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Absueltos el expresidente de Invercaria y un exconsejero por el millón perdido con Operador Aéreo Andalus: fue un fracaso pero no un fraude

Abc.es 
La compañía Operador Aéreo Andalus fue una fiasco empresarial desde el punto de vista económico que costó más de un millón de euros a la Junta de Andalucía, pero no fue un fraude. Es la conclusión a la que ha llegado la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla en una sentencia que absuelve al expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, quien suma ya seis absoluciones en el caso Invercaria, al exconsejero socialista de la Junta de Andalucía José María Martín Delgado y a otras tres personas de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por los que fueron juzgados. Se trata de una pieza separada de la macrocausa de presunta corrupción de Invercaria que se centra en la ayuda de 1,1 millones de euros que recibió la empresa Operador Aéreo Andalus bajo los gobiernos andaluces del PSOE Invercaria, la extinta empresa de capital riesgo de la Junta, otorgó dos préstamos participativos para financiar la creación de una compañía aérea andaluza para aprovechar el filón turístico de Andalucía. El presidente del consejo de administración del Operador Aéreo Andalus, constituida en noviembre de 2007, el empresario y consejero de Cultura de la Junta de Andalucía entre 1994 y 1996, José María Martín Delgado. En una sentencia dictada el 16 de enero pasado, remitida por el gabinete de prensa del TSJA, el tribunal concluye que, pese a que estuvo operando menos de un año, «se trató de un proyecto real y serio iniciado en una época aún de expansión de la economía » y «fue suficientemente estudiado, documentado y analizado» por los técnicos de los departamentos de Invercaria y en este caso también de Caja Granada. Posteriormente, « contó con la asesoría jurídica de un despacho para la formalización de los contratos de préstamo participativo, existiendo en el proyecto el dato adicional significativo de haber estado la sociedad sometida a los exigentes controles de los organismos competentes, entre otros la Agencia Estatal de Seguridad Aérea». Para los magistrados que han enjuiciado a los acusados por este proyecto fallido, «no consta que el proyecto» llegara a Invercaria «de la mano» de Martín Delgado « por el hecho de haber sido en el pasado consejero de la Junta de Andalucía ». La aventura empresarial de Andalus nació con las bendiciones del Gobierno andaluz . El 28 de agosto de 2009, tan sólo un mes después de que Invercaria le concediera un segundo préstamo de 700.000 euros con fondos salidos del presupuesto de la Junta tras una primera ayuda de 410.000 euros, el entonces consejero de Innovación, Martín Soler, apadrinó el proyecto participando en un vuelo de prueba que sobrevoló la costa almeriense. Operador Aéreo Andalus llegó a facturar ocho millones de euros y tuvo más de 80.000 pasajeros, tras obtener en enero de 2009 la preceptiva licencia de explotación, previo análisis y evaluación por dicho organismo de su capacidad económico financiera y demás condiciones exigidas. Esta licencia de explotación estuvo vigente de forma ininterrumpida hasta el 15 de julio de 2010. Sin embargo, «por diversas circunstancias, entre ellas la falta de inversión de algunos socios, el retraso en el inicio de la actividad por el tiempo transcurrido hasta la concesión de la licencia, con los consiguientes gastos por inactividad y el impacto de dicho escenario asimismo de la crisis económica mundial del momento, llevaron al no cumplimiento finalmente de las expectativas del proyecto, de manera que suspendida la licencia de explotación el 16 de julio de 2010, el 28 de julio de 2010 Operador Aéreo Andalus dejó de operar todos sus vuelos», considera probado la sentencia. Durante la vista oral, la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular ejercida por el PP retiraron la acusación contra la ex alto cargo Isabel de Haro Aramberi y solicitaron, para el expresidente de Invercaria, seis años de cárcel e inhabilitación absoluta por tiempo de quince años por el delito de malversación, así como la pena de diez años de inhabilitación para empleo o cargo público por el delito de prevaricación , mientras que para los otros tres encausados reclamaron dos años y medio de prisión y cinco años de inhabilitación absoluta por el delito de malversación y seis años de inhabilitación para empleo o cargo público por el delito de prevaricación. Se trata de Martín Delgado y los hermanos Fernando y Pedro José Guerrero Ros , impulsores del proyecto. Además, pidieron que los acusados indemnizaran de manera conjunta y solidaria con un total de 1.320.844 euros a la Agencia IDEA, mientras que las defensas de los investigados solicitaron su libre absolución. En la sentencia de 33 páginas, la Sección Séptima de la Audiencia relata que, «buscando la necesaria financiación» para su proyecto, la empresa presentó el mismo a estudio a Corporación Financiera Caja Granada , y también la remitió a Invercaria. El día 3 de noviembre de 2008, Operador Aéreo Andalus recibió de Invercaria un préstamo participativo de 410.000 euros y otro préstamo del socio financiero Corporación Caja Granada por importe de 1.110.000 euros, una operación que se formalizó conjuntamente con una entrada en capital de Invercaria por importe de 40.000 euros. La operación fue avalada mediante garantías personales de los propios socios, « avales que han sido finalmente ejecutados ». Operador Aéreo Andalus «no operó vuelos durante el año 2008, siendo un factor determinante para ello el retraso en la concesión de las administrativas necesarias, generando ello gastos improductivos de primer establecimiento», de manera que la licencia de primera explotación fue concedida en enero de 2009. La Audiencia indica que, el día 29 de julio de 2009, Invercaria formalizó un segundo préstamo a la mercantil por importe de 700.000 euros, «siendo la previsión en ese momento la participación en el concurso para la concesión de la línea Sevilla-Almería , con los consiguientes gastos e inversiones necesarios para cumplir los requisitos que exigía tal licitación». En ese momento, la sociedad presentaba «una situación financiera comprometida, con fondos negativos, si bien no se encontraba en causa legal de disolución». Aun así, se estimó que el proyecto era «viable y estratégicamente interesante, desde el punto de vista de las expectativas que generaba, teniendo en cuenta las posibilidades del sector turístico andaluz y el número de vuelos dentro de su territorio». La Sección Séptima expone que « no se evidencia que los acusados con la conducta enjuiciada incurrieran , bien por acción directa, bien por inducción, en una actuación respecto de la disposición de fondos públicos con apartamiento grosero y manifiesto del Derecho, apartamiento del Derecho que una resolución prevaricadora/malversadora exige para ser calificada de tal, por lo que tampoco puede estimarse que existiese malversación». En cuanto al delito de malversación, «en absoluto consta que cantidad alguna procedente de estos préstamos concedidos por Invercaria fuera dedicado por Operador Aéreo Andalus a fines distintos de los que constituían su proyecto , en lo que han sido unánimes todos los declarantes en la vista oral», sostienen los magistrados en la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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