El Código Civil y Comercial de la Nación establece tres razones por las cuales un inquilino puede finalizar el contrato de alquiler. Estas tiene que ver con el estado de la propiedad o el tiempo que lleva de contrato.
Más allá de los plazos establecidos por la ley vigente o por el acuerdo firmado entre ambas partes, en caso de que una de las partes quiera rescindir el arrendamiento, la Ley de Alquileres establece plazos y condiciones para cada uno de los interesados.
En su sitio oficial y amparado por el Código Civil, el Gobierno relevó que los tres motivos para finalizar un contrato de alquiler que puede alegar un inquilino son los siguientes:
Por su parte, el locador también puede decidir que el contrato termine y, según la normativa vigente, se puede amparar en las siguientes cuatro razones.
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Según el artículo 1203, "el inquilino puede hacer mejoras en el inmueble siempre que el contrato no las prohíba expresamente" y el locador deberá abonarlas en caso de que estén hechas "para mantener el inmueble".
Mientras que, si las reparaciones fueron hechas por una "cuestión de comodidad o lujo", el dueño no está obligado a abonarlas.
La misma normativa establece que en caso de que el propietario no se encargue de las reparaciones estipuladas en el tiempo que especifica la ley y sus modificatorias, el inquilino podrá dejar de pagar el alquiler durante el tiempo en que el inmueble no esté en condiciones de ser habitado.