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Mujeres afganas fuerzan en los tribunales poder viajar a España para huir de los talibán

  1. Entrenadora de tenis de mesa
  2. Negativa del embajador español en Irán
  3. Medida cautelar: que la trasladen a España
  4. Discriminación de las mujeres por los talibán
  5. Activista por los derechos de las mujeres
  6. Miedo a ser deportada de Pakistán a Afganistán
  7. Colaboradora del Ministerio de Defensa
  8. Se quedaron fuera de la evacuación de Kabul
  9. Juezas afganas en España
Afganos llegan a la base aérea de Torrejón de Ardoz tras ser evacuados desde Pakistán en 2021 (Foto: A. Pérez Meca / Europa Press)

La Audiencia Nacional ha obligado en los últimos meses a varias embajadas españolas en el extranjero a facilitar el traslado a España a afganos que huyen del régimen de los talibán. Buena parte de los beneficiados son mujeres, especialmente discriminadas por razón de sexo en Afganistán.

Así lo ha podido constatar Confidencial Digital a partir de tres autos y una sentencia dictados entre octubre y noviembre que, en los cuatro casos, se inclinan a favor de los afganos solicitantes de protección, frente a las negativas de las embajadas en Irán y en Pakistán.

Entrenadora de tenis de mesa

La protagonista de una de esas decisiones judiciales es una “joven deportista afgana de la etnia hazara, que desde los 14 años comenzó a practicar tenis de mesa y desde 2019 es entrenadora de la Federación Olímpica de tenis de mesa”.

En 2018 comenzó a trabajar en el departamento administrativo de la Media Luna Roja (la Cruz Roja) en Kabul.

Su vida cambió “radicalmente” cuando, en agosto de 2021, los talibán recuperaron el control de Afganistán, veinte años después de perder el poder por la invasión de Estados Unidos y la coalición internacional a raíz de los ataques terroristas de Al Qaeda del 11 de septiembre de 2001.

El regreso de los talibán “supuso su expulsión de la vida pública y la persecución a las actividades que venía desarrollando”, según recoge un auto de la Audiencia Nacional fechado a finales de octubre.

Esta afgana “temía ser violentada por los talibanes tanto física como sexualmente. Las mujeres no podían ir solas ni tenían autonomía ya que para cualquier tipo de actividad dependían de un hombre”.

Negativa del embajador español en Irán

Esta joven afgana decidió huir de Afganistán. Ella y su hermano se marcharon a Irán y, una vez en Teherán, contactaron con la embajada de España. Solicitaron poder trasladarse a España para presentar en nuestro país una solicitud de protección internacional.

Una hermana de la protagonista tuvo suerte. Pudo salir antes de Afganistán, y también en la Embajada de España en Irán presentó su solicitud. En esa ocasión, el embajador autorizó el traslado a España, y le concedieron protección internacional. Se trataba de una jugadora de la selección afgana de baloncesto sobre ruedas.

Sin embargo, a la entrenadora de tenis de mesa y ex trabajadora de la Media Luna Roja, el embajador español le denegó su solicitud de traslado a España para la presentación de la solicitud de protección internacional.

Lo hizo con una resolución firmada el 24 de abril de 2024, ella interpuso recurso de reposición, que fue desestimado por el embajador el 24 de mayo.

Medida cautelar: que la trasladen a España

Ante la negativa, ella recurrió a la vía judicial. Logró interponer ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional un recurso contra las resoluciones del embajador en Irán que le habían denegado el traslado a España.

En ese recurso, pidió como medida cautelar que se le expidiera un visado para viajar de Irán a España y, ya en territorio nacional, poder presentar su solicitud de protección internacional.

Tuvo éxito: la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional acordó “adoptar la medida cautelar solicitada, consistente en el traslado a España para presentar la solicitud de protección internacional”, y ordenó “al Excmo. Embajador del Reino de España en Teherán que dote a la recurrente de la documentación que le habilite a trasladarse a territorio español”.

Las tres magistradas que formaban el tribunal recordaron que “esta Sala ha concedido la medida cautelar en supuestos análogos, en particular a ciudadanos afganos que han solicitado el traslado a España desde terceros países (v.g. Pakistán, Irán), cuando existían indicios sólidos de la existencia de un riesgo real y efectivo de ser deportados a Afganistán y de que en este país esté en peligro su vida o integridad física como consecuencia de las represalias de los talibanes por haber colaborado con las Fuerzas Internacionales allí presentes hasta el año 2021, o, como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional, especialmente en el caso de mujeres (jueces, fiscales, etc...)”.

Tuvieron especialmente en cuenta una nota de la agencia de la ONU para los refugiados (ACNUR) emitida en febrero de 2022, en la que se hacía “un llamamiento a todos los países para permitir que la población civil que huye de Afganistán pueda ingresar en sus territorios, para garantizar el derecho a solicitar asilo y asegurar el respeto del principio de no devolución en todo momento”.

Discriminación de las mujeres por los talibán

La Audiencia Nacional también se rige por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que analizó “en qué medida el concepto acto de persecución recogido en el artículo 9, apartado 1, letra b), de la Directiva 2011/95 subsume una acumulación de medidas de discriminación contra las mujeres como las adoptadas por los talibanes a partir de su regreso al poder en 2021”.

La represión de los talibán dirigida contra las mujeres consiste “en que se ven privadas de participar en los procesos políticos de toma de decisiones y de ocupar cargos políticos; no disponen de medios legales de protección contra la violencia doméstica y de género; en general, están expuestas al riesgo de matrimonios forzados [...]; no se les permite ejercer una actividad retribuida o, de forma restringida, solo pueden ejercerla principalmente en casa; se les dificulta el acceso a centros sanitarios; se les niega el acceso a la educación, completamente o en gran medida (de modo que, por ejemplo, a las niñas solo se les permite acceder a la educación primaria); no pueden permanecer o moverse en público sin estar acompañadas por un hombre (con una determinada relación de parentesco), siempre que se alejan una distancia determinada del lugar de residencia; en público tienen que cubrir su cuerpo por completo y ocultar su rostro con un velo; no pueden practicar deporte alguno”.

Esa sentencia declaró que las autoridades nacionales competentes pueden considerar que, en el examen individual de la situación de una solicitante de protección internacional, no es necesario acreditar que esta corre un riesgo efectivo y específico de ser objeto de actos de persecución, si regresa a su país de origen, cuando se hayan acreditado los datos referidos a sus circunstancias personales, como su nacionalidad o sexo.

“Teniendo en cuenta lo expuesto, y resultado acreditado que la solicitante es una mujer de nacionalidad afgana, lo que, a tenor de lo declarado por el TJUE es suficiente para considerar que corre un riesgo efectivo y específico de ser objeto de actos de persecución, y que además desarrolla una actividad deportiva, que se encuentra entre las prohibiciones que actualmente afectan a las mujeres en Afganistán”, las magistradas concluyeron: “Entendemos que es necesario adoptar la medida positiva solicitada consistente en autorizar el traslado de la recurrente a territorio español a efectos de que pueda presentar su solicitud de protección internacional, lo que implica que el Excmo. Sr. Embajador del Reino de España en Teherán, dote a la recurrente de la documentación que le habilite para ello”.

Activista por los derechos de las mujeres

Ese auto fue seguido por al menos otros dos muy similares en las siguientes semanas.

Otras tres magistradas, en este caso de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, decidieron el 6 de noviembre ordenar al embajador de España en Pakistán que entregara a una mujer afgana y a sus tres hijos “la documentación que la habilite para trasladarse a territorio español”.

Esta mujer era viuda. Su marido murió en 2015, luchando con el Ejército Nacional de Afganistán contra los insurgentes talibán que resistían tras haber sido expulsados del poder en 2001.

La viudedad le limitaba sus derechos, y se sumaba a otras circunstancias negativas. Pertenece a una minoría “discriminada por motivos étnicos y religiosos”, y además ella desempeñó algunos trabajos “vinculados a la defensa de las mujeres y causas políticas contrarias al régimen talibán”, como cámara de televisión y en una empresa de publicidad dirigida por mujeres de su misma etnia.

En su vertiente activista defensora de los derechos de la mujer, “coordinó una manifestación en la que se pedía derecho a la educación y trabajo de las mujeres afganas que se difundió ampliamente por redes sociales”.

Por todo ello, fue en alguna ocasión golpeada. En enero de 2022, cuando ya los talibanes estaban conquistando territorio afgano, huyó con sus hijos a Pakistán. Los talibán llegaron a casa de su padre, en Afganistán, lo arrestaron y torturaron hasta la muerte para tratar de hacerle confesar el paradero de esa mujer. Un muyahidín talibán se quedó con su casa.

Miedo a ser deportada de Pakistán a Afganistán

Ya en Pakistán, ella se dirigió a la Embajada de España en Islamabad para pedir trasladarse a España y solicitar protección internacional. Se lo denegaron en mayo de 2022.

Permaneció en Pakistán, pero la situación se complicó: “Dada la segunda fase del plan de deportaciones masivas de ciudadanos afganos, a partir del 11/04/2024 los solicitantes en Pakistán pueden ser deportados en cualquier momento a su país de origen. De hecho, la policía pakistaní ya ha visitado su domicilio hasta en tres ocasiones”.

Por eso recurrió a la justicia española, para intentar forzar el traslado, con sus hijos, a España.

La Audiencia Nacional le concedió la medida cautelar de ser trasladada a nuestro país: “Si bien los peticionarios de la medida se hallan en Pakistán, concurre el riesgo de que puedan ser objeto de deportación en cualquier momento a Afganistán -a la vista del vencimiento del visado de residencia que tenían concedido-, donde temen a una persecución derivada de motivos de género, religiosos, étnicos y políticos, dada la condición de mujer, viuda, de la etnia, y de activista política de la solicitante”.

Consideraron las magistradas que “los actos de persecución descritos poseen efectivamente suficiente gravedad y entidad como para generar un temor fundado en los recurrentes de que, en caso de permanecer o regresar a Afganistán, su vida correría un grave peligro, especialmente agravado por la condición de mujer de la solicitante y una de sus hijas y de menores de edad de los dos otros hijos”.

Así que ordenaron al embajador español en Pakistán que facilitara el viaje de esta familia a España.

Colaboradora del Ministerio de Defensa

Confidencial Digital pudo consultar un tercer auto, del 8 de noviembre, en el que también la Audiencia Nacional ordenó de nuevo al embajador en Teherán, que facilitara el viaje a España de un grupo de afganos que huyen de los talibán.

La petición en este caso la presentó una mujer, en su nombre y en el del padre de su hija, de esa niña y de otros dos familiares.

También esta mujer había sido “activista de sociedad civil defendiendo los derechos de las mujeres y ayudando a huérfanos, era profesora, y había sido directora de un colegio y de un jardín de infancia”.

Participó y lideró organizaciones de promoción y defensa de los derechos de las mujeres, dio conferencias y colaboró con organizaciones internacionales, como el Comité Internacional de la Cruz Roja.

Se implicó en política, como candidata de un programa encargado de elegir democráticamente un joven de cada provincia para ser el contacto entre el Gobierno y los jóvenes.

Consta que colaboró con el Ministerio de Defensa español.

Toda esa actividad provocó que los talibán la incluyeran en una lista negra. Recibió amenazas anónimas, y llegó a sufrir un atentado que resultó fallido, todo ello cuando los talibán aún no habían recuperado el poder.

Esta familia también decidió huir a Irán, pero el temor a ser deportados de vuelta a su país de origen les llevó a apelar a la justicia española, ya que en julio de 2023 el embajador en Teherán les había denegado la solicitud de traslado a España.

La Audiencia Nacional tuvo especialmente en cuenta en este caso que “los recurrentes son perseguidos por causa de su relación con España, concretamente como consecuencia de su colaboración con el Ministerio de Defensa y su oposición al gobierno talibán”.

Así que también dictó la medida cautelar de entregarles documentos para poder viajar de Irán a España, y poder ya en nuestro país solicitar protección internacional.

Se quedaron fuera de la evacuación de Kabul

Estos tres casos citados son autos de la Audiencia Nacional que ordenan adoptar como medida cautelar el traslado de los solicitantes a España.

En octubre se dictó también una sentencia sobre un caso parecido. El embajador español en Irán había denegado el traslado a una mujer afgana.

Alegó que su vida corría peligro si volvía a Afganistán, por causas familiares: uno de sus hermanos trabajó para la misión internacional en Afganistán y su padre luchó contra los talibanes en el período comprendido entre 1997 y 2001.

Resulta que ese hermano trabajó como veterinario para la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) en Afganistán, en un proyecto destinado a la mejora del sector agrario en dicho país.

El padre de ambos luchó en la resistencia contra los talibán entre 1997 y 2001 (antes de la invasión estadounidense), y el abuelo resultó víctima de la venganza de los talibán al regresar al poder en 2022: en septiembre de ese año fue enterrado vivo por milicianos.

La novedad en este caso es que la familia de ese veterinario “fue incluida en la lista de evacuación de la Misión Española” en agosto de 2022. Se les asignaron plazas en vuelo programado para los días 22, 23 y 24 de agosto de 2022.

El problema es que “no pudieron acceder al aeropuerto de Kabul debido al colapso y al caos generado en el país”.

Las autoridades españolas aún intentaron traerles a España. “Se les comunicó la posibilidad de viajar a Irán para solicitar su traslado a España para la presentación de la solicitud de protección internacional”, cosa que hicieron ese veterinario, su esposa y sus hijos menores.

Les enviaron a España, pero no así a su hermana, que estaba en Irán con un permiso de residencia por estudios. El embajador en Teherán consideró que no había demostrado que sufriera ninguna persecución específica en Afganistán, “ya que contaba con un permiso de residencia iraní válido hasta marzo de 2023 y había vivido casi toda su vida en Irán”.

También en este caso la Audiencia Nacional vio riesgo para la vida de esa mujer si las autoridades iraníes la deportaban a Afganistán, algo probable. Por ese peligro para su integridad física, ordenó su traslado de Irán a España para que solicitara protección internacional. 

Juezas afganas en España

No obstante, también ha habido en los últimos meses decisiones contrarias a refugiados afganos. A un hombre que logró formalizar en Murcia su petición de protección internacional, en noviembre de 2021, se la ha denegado la Audiencia Nacional.

Él relato que “su tío pertenece a un grupo de talibanes, que mató a sus padres y ahora quiere matarle a él para quitarle las tierras”. Pero los informes apuntaron que no tenía “prueba alguna ni indicio probatorio de tales afirmaciones”.

En la primera mitad de 2024, hubo algunas decisiones judiciales de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo que ampararon, por ejemplo, a una mujer que había sido fiscal antiterrorista en la etapa sin los talibanes.

Confidencial Digital relató hace años algunos casos de afganas que habían sido juezas, u ocupado cargos políticos como gobernador provincial, que habían logrado huir a España ante el miedo a la represión talibán.

Pero junto a los casos en los que sí se había dado acogida en España a estos afganos, a otros, incluso habiendo sido colaboradores de las tropas españolas, se les denegó la protección internacional.

Afganos llegan a la base aérea de Torrejón de Ardoz tras ser evacuados de Kabul al volver los talibán al poder (Foto: Alejandro Martínez Vélez / Europa Press).

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