El sector de las empleadas de casas particulares recibió un comunicado clave de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Se trata de las pautas para gestionar la licencia por maternidad de las trabajadoras embarazadas.
Este derecho garantiza a las trabajadoras 90 días de licencia, que deben ser solicitados a través de un trámite obligatorio necesario para gestionar la ausencia en tiempo y forma.
El proceso de carga de licencia debe ser realizado por el empleador, quien tiene la responsabilidad de ingresar al sistema oficial del Gobierno con su clave fiscal y solicitar el proceso.
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Para gestionar la licencia por maternidad, el empleador debe ingresar al servicio "Casas Particulares" con la clave fiscal de nivel 2 o superior, a través de la página oficial del ente estatal (www.arca.gob.ar).
A través de la opción "Cargar Licencias", se podrá registrar el certificado médico de la empleada que indica la presunta fecha de parto. Este procedimiento asegura que la trabajadora reciba los beneficios correspondientes.
Una vez completado el trámite, la empleada podrá visualizar su licencia en la sección "Mis Trabajos" del sistema. Es importante que el empleador realice esta carga de forma correcta y en tiempo y forma para garantizar que la empleada acceda a sus derechos.
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De acuerdo con la comunicación oficial del ente recaudador, la licencia por maternidad para empleadas domésticas es de 90 días, que pueden distribuirse de dos maneras diferentes:
Durante la licencia por maternidad, la empleada conserva su empleo y tiene derecho a recibir el pago de la asignación por maternidad otorgada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
El empleador solo debe abonar el primer período de la licencia, mientras que ANSES se encargará de cubrir el resto. Esta prestación garantiza que la trabajadora reciba una suma equivalente a su salario durante el tiempo de descanso.