La reducción de la jornada laboral a 37,5 horas sin reducción salarial es oficialmente una realidad que se verá reflejada a partir de 2025. El pasado viernes, el Ministerio de Trabajo firmó de manera conjunta con los sindicatos más representativos, UGT y CC.OO, el texto donde se acuerda una de las medidas más esperadas de 2024. Una medida en la que la patronal no ha querido participar, al entender que se trata de una intromisión en la autonomía de la negociación colectiva.
Por ello, desde hace varias semanas, las organizaciones empresariales abandonaron la mesa de negociación. Ahora, tras el acuerdo firmado por las dos partes, el texto deberá ser enviado al Consejo de Ministros, para después ser debatido en el Congreso de los Diputados, donde deberá ser aprobado para comenzar los trámites pertinentes y entrar en vigor para los ciudadanos españoles.
Con esta modificación, el Estatuto de los Trabajadores deberá recoger el cambio de las 40 horas semanales máximas a las 37,5 horas. Todo ello con la peculiaridad de que el salario de los trabajadores no se verá afectado por esta reducción de horas.
Además, la duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo, como pasaba hasta ahora. Sin embargo, para conseguir que esta medida se aplique será necesario que el Consejo de Ministros conforme un texto oficial, que deberá ser enviado a las Cortes, donde los distintos Grupos Parlamentarios tendrán que decidir si apoyan la medida o no. Y es aquí donde reside el problema. Desde el comienzo de la legislatura, el Gobierno no cuenta con los apoyos suficientes, por lo que habrá que esperar para saber si su tramitación se complica o no.
En caso de conseguir los apoyos suficientes, el texto podría ser publicado en el Boletín Oficial del Estado a mediados de 2025, aunque el plazo para adaptar los convenios colectivos es hasta el 31 de diciembre de 2025.
Esta medida es establecida pensando en algunos sectores donde se realizan 40 horas semanales. Sin embargo, se aplicará para todos los trabajadores en España. En concreto, este cambio legal afectaría a unos 12 millones de trabajadores, entre ellos los empleados públicos. No obstante, hay que tener en cuenta que la Resolución de 28 de febrero de 2019, en la que establece la jornada general y horarios de los empleados públicos, dicta lo siguiente en el artículo 3.1: "La duración de la jornada general será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y dos horas anuales".
Esta reducción supondría la realización de media hora menos de trabajo de lunes a viernes. En el caso de que se trabajen menos horas, la reducción será proporcional, y si la jornada pactada ya es de 37,5 horas o menos, el cambio no afectará. Por su parte, si a partir de la medida hay trabajadores que hacen más de las horas establecidas, estas se computarán como horas extraordinarias, con un máximo de 80 horas anuales a realizar.
La aplicación de la norma trae consigo muchos cambios. Uno de ellos es la eliminación del contrato parcial en muchos de los casos. En concreto, los trabajadores cuya jornada parcial fuera de 37,5 horas o superior, cuando la ley entre en vigor, se convertirán automáticamente en contratos a tiempo completo.
No obstante, aquellos que realizaban menos de 37,5 horas semanales tendrán derecho a continuar con estas condiciones, así como podrán solicitar un incremento proporcional de su salario a partir de la aplicación de la jornada máxima ordinaria.
Junto a la reducción de jornada, la medida incluye dos normativas que pretenden mejorar las condiciones laborales de los trabajadores. Estas son la desconexión digital y el control horario. Por un lado, la desconexión digital pretende permitir al trabajador no responder a los mensajes de la empresa cuando se encuentre fuera de su horario laboral. La regulación pretende incrementar las sanciones a las empresas que cometan esta ilegalidad. Este mayor control tiene como objetivo garantizar un equilibrio saludable entre la vida laboral y personal de los trabajadores.
El acuerdo recoge que todos los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales, a la desconexión digital y a protección frente a la videovigilancia y geolocalización. Las empresas, detalla el texto, deben garantizar que nadie se comunique ni solicite al trabajador una prestación laboral fuera de horario, tiempo en el que tendrá derecho a no estar localizable.
Por su parte, Trabajo pretende establecer una serie de modificaciones que permitan tener un control más exhaustivo de las horas realizadas por los trabajadores, sus descansos y la realización de horas extras. La idea del ministerio es la de eliminar el registro horario en papel, obligando a que los trabajadores lo hagan de manera digital, para tener un mayor control de las horas de jornada de cada empleado.
Para ello, los empleados ficharán de forma personal y directa al inicio y finalización de cada jornada y registrarán todas las interrupciones de la misma que afecten a su cómputo, identificando además si las horas realizadas son ordinarias, extraordinarias o complementarias.