Solo 10 de los 200 estudiantes del CEIP Gabriel Janer Manila asistieron a clase para manifestar su rechazo a la vuelta al mismo centro del docente, que llegó a fingir su propia desaparición hace dos años. La condena no incluye la inhabilitación, por lo que “no se le puede sacar del sistema”, aseguran desde el Govern
“Mi hijo no quiere comer animales”: la batalla de una madre para que el colegio le ofrezca un menú vegano
A finales de noviembre, el centro les avisaba. Se reincorporaría a la docencia, haciendo una sustitución, Miguel Roldán, profesor interino condenado por acosar a un exalumno que precisamente conoció en el centro donde volvía a trabajar, el CEIP Gabriel Janer Manila. La Asociación de Familias de Alumnos (AFA) empezó, ese mismo 20 de noviembre, a organizarse.
Justo después de conocerse la reincorporación, la Conselleria de Educación y Universidades del Govern los convocó a “una reunión intensa donde se nos dijo que encontrarían una solución”, según explica Joan Andreu, el presidente de la AFA del centro, a elDiario.es. Al no encontrar una solución en el margen que se había marcado, la Conselleria los volvió a citar, pero sin aportarles novedades. Es ahí donde deciden movilizarse. “Todo pasó muy rápido. Vimos que no era solo un run–run que se movía por los grupos de WhatsApp, sino que era lo que realmente pensaban las familias”, cuenta Andreu.
El día 13 de diciembre convocaron una huelga en el centro que fue seguida por la gran mayoría de las familias (solo 10 de los 200 alumnos de la escuela asistieron). Desde entonces, no han tenido más noticias de la Conselleria y el profesor condenado ha anunciado a través de su página web que recurrirá la sentencia.
El proceso, actualmente, es complicado. Desde la Conselleria subrayan que entienden la preocupación de las familias, pero que “las normas son las que son” y la condena no incluye la inhabilitación, por lo que “no se le puede sacar del sistema”. De momento, explican, están estudiando alternativas que “se adapten a la legalidad” y han puesto un profesor de refuerzo en todas las clases a las que asiste Roldán, además de no permitirle ser tutor.
Desde la Conselleria insisten que actúan dentro de lo que les permite la legalidad y desde la AFA comentan que el problema no es la legalidad. Saben que la sentencia no recoge la inhabilitación como medida aplicable, pero no entienden por qué no se hace nada antes de una posible repetición: “El concepto de prevención no lo aplican”.
Aunque la sentencia no haya inhabilitado al docente, para la abogada especializada en derecho educativo y protección de la infancia, Noelia Rebón, los comportamientos que se han ido dando “hacen pensar que no es idóneo” para seguir ejerciendo, sobre todo teniendo en cuenta que lo que debe primar siempre es el interés superior del menor, es decir, su protección y la garantía de sus derechos.
“La legislación española [referente a la protección de la infancia] es clara en muchos aspectos, aunque hay lagunas que hace falta abordar”, resume Rebón. Una de las más visibles con este caso es la limitación de contacto con niñas y niños por parte de personas condenadas, que solo está prevista para los responsables de delitos sexuales –esto no aplica a Roldán, cuyo acoso no ha sido de tipo sexual–. Aunque “con este caso se pone de manifiesto una brecha preocupante entre la legislación y su aplicación efectiva”, incide la abogada.
Las familias se mueven entre la convicción de que tiene que existir una ventana de actuación y que la legislación vigente contiene vacíos legales. Puede que acabe siendo una mezcla de todo, pero, sea como sea, una de las claves se encuentra en la prevención.
La Ley de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) se basa en tres pilares, uno de los cuales es la prevención, que también es el menos explorado. Tal y como explica Óscar Belmonte, del área de educación en derechos de UNICEF, aún hay “un margen enorme de mejora para incorporar la prevención que prevé la LOPIVI” porque cuando no existe ese margen preventivo “solo se puede actuar cuando se ha producido el daño”. Belmonte hace un símil con la prevención de riesgos laborales: “Si un maquinista se salta todos los semáforos, actuaríamos sin esperar a que se produjera un accidente, pues con la protección de la infancia tiene que ser igual”.
Estos mecanismos de protección de la infancia, la salvaguarda infantil, no están desarrollados ni implementados en muchos centros ni comunidades autónomas, lo que lleva a que se actúe solo delante de hechos punibles. Es precisamente lo que denuncian desde la AFA del Gabriel Janer Manila: aunque hayan intentado actuar a través de la inspección educativa, la respuesta es que solo pueden intervenir en el momento que se pueda denunciar un hecho objetivo que pase en la escuela.
Tener herramientas para poder actuar desde la prevención se traduce en poner luz en las cosas que pasan en “espacios poco claros”, en palabras de Belmonte. Es decir, sobre aquellas actuaciones que no constituyen de por sí un delito, pero que, en contexto, hacen saltar las alarmas.
La complejidad del caso no solo subraya las carencias de un sistema legal aún centrado más en juzgar los hechos que en hacer que no ocurran, sino que sirve para debatir y proponer medidas que sirvan en un futuro. Rebón cree que, para que la confianza de las familias en el sistema educativo se refuerce, haría falta una revisión periódica de los antecedentes y no solo cuando se contrata; que se amplíe el Registro central de delincuentes sexuales para incluir otros delitos como el de acoso sin connotación sexual o que se establezcan protocolos internos estrictos para que los centros puedan actuar en casos donde hay procedimientos o investigaciones abiertas.
La sentencia por acoso, que se hizo pública a principios de noviembre, condenaba a Roldán a un año de cárcel y 6.000 euros de indemnización a la víctima, aunque no tuvo que cumplir la pena de prisión al no tener antecedentes. Según informó Diario de Mallorca, las medidas se tomaron después que se dictara contra él igualmente una orden de alejamiento de 300 metros, que incumplió. A finales de septiembre de 2021, el exalumno con el que mantenía contacto y con el que jugaba al pádel decidió poner fin a cualquier tipo de comunicación al sentirse incómodo con Roldán, según este medio. Aun así, el profesor siguió intentando comunicarse con él, según la misma fuente.
Aunque la sentencia que lo condenaba se conoció diez días antes de que se incorporara al claustro del CEIP Gabriel Janer Manila, lo cierto es que Miguel Roldán ya era una persona mediática. En el circuito cultural de Mallorca era conocido por su música, pero fue en la Nochebuena de 2022 cuando saltó a las portadas de los medios. Primero, porque desapareció dejando una nota de despedida a su familia. Después, porque salió a contar que se lo había inventado.
Roldán es dado a ofrecer explicaciones a través de entradas en su página web. Fue ahí donde explicó por qué había decidido fingir su desaparición y es ahí donde ha publicado su versión de los hechos. En ella denuncia que no se ha contrastado ninguna información con él, aunque se publicaran, en noviembre, una carta y una entrevista suyas en el Diario de Mallorca y Última Hora.
En este escrito también defiende que no fue “premeditado” volver al colegio donde está y explica que, aunque se le haya considerado culpable, “la condena se basa en gran medida en cosas que no son ciertas, y que sigue sin ser firme”. “Aún no es el momento de entrar en detalles sobre ello, pero en esta historia, como en muchas otras, ni los buenos son tan buenos, ni los malos son tan malos”, añade. elDiario.es ha intentado sin éxito ponerse en contacto con él.