El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) le dio la razón a la empresa Enagás y ordena a Perú a pagar 194 millones de dólares, que equivale a 721.68 millones de soles, entre sanción principal más intereses, en el procedimiento arbitral relativo a su inversión en el proyecto del Gasoducto del Sur Peruano.
Dicho monto es superior a la reparación civil que pagará la constructora brasileña Odebrecht al reconocer culpabilidad por actos de corrupción en el Perú. Odebrecht se comprometió a pagar 610 millones de soles, en cuotas anuales durante 15 años. Hasta noviembre de 2024, el Perú ha cobrado S/ 255 millones.
La empresa española Enagas integró, junto a la brasileña Odebrecht y la peruana Graña y Montero (hoy Aenza) el consorció que obtuvo la licitación del proyecto para distribuir gas en el sur del proyecto. Odebrecht y Aenza también recurrieron al CIADI, aunque la peruana retiró la demanda posteriormente.
El 24 de enero del 2017, el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski decidió cancelar el contrato del Gasoducto, luego que la empresa brasileña no logró el cierre financiero para financiar la construcción, ante el escándalo de corrupción del caso Lava Jato.
El tribunal arbitral consideró que el Estado peruano violó el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito entre la República del Perú y el Reino de España (APPRI Perú-España).
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Además, que la inclusión de Enagás Internacional en la categoría 2 de la Ley 30737, que impide a la Sociedad la repatriación de los dividendos de su participada Transportadora de Gas del Perú (TGP), constituye una violación del APPRI España-Perú.
Enagás reclamaba el pago de US$ 400 millones, que correspondería a su 25% del proyecto. Del resto, de 1.200 millones de dólares de inversión, corresponderían a Odebrecht, el 55%, y el resto a Graña y Montero, el 20%. Odebrecht también ha recurrido al CIADI.
El tribunal arbitral está integrado por Diego P. Fernández-Arroyo (argentino-español), presidente, designado por acuerdo de las partes; Andrés Jana Linetzky (chileno), nombrado por Enagás; y Claus von Wobeser (mexicano-alemán), nombrado por el Perú.
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La empresa española ha informado que el laudo condena a Perú a pagar 176 millones de dólares, más un interés anual del 1,44% (...), así como el 75% de las costas procesales”, lo que supone un monto total, al día de hoy de 194 millones de dólares o 717.8 millones de soles. Los intereses se calculan desde el 24 de enero de 2018.
La decisión del tribunal arbitral podría tener repercusiones en el proceso arbitral que inició la constructora brasileña Odebrecht, igualmente, por la paralización del Gasoducto del Sur el año 2017, luego que estalló en el país el escandalo del caso Lava Jato.
"Los asesores legales de la Compañía están analizando el laudo en detalle y a este respecto la Sociedad se reserva el derecho a solicitar una rectificación o aclaración de la cuantificación del importe reconocido. Enagás ha manifestado ya a las autoridades peruanas su disposición para alcanzar un acuerdo amistoso que permita la ejecución de este laudo de una manera que convenga al interés de ambas partes", informó la empresa española.