El Tribunal Constitucional, por mayoría, declaró fundado en parte el habeas corpus del general (r) Nicolás de Bari Hermoza Ríos y ordenó al Poder Judicial tomar acciones necesarias para su libertad.
Los magistrados, por unanimidad, concluyen que mantener a Hermoza Ríos, quien padece demencia senil desde 2015, vulnera su dignidad humana.
También sostienen que, debido a que su mente está destruida por la enfermedad degenerativa que padece, el fin de una pena (la resocialización) no se puede concretar. Por lo que, afirman, no tiene sentido que siga encarcelado.
Los magistrados precisan que la sentencia a su favor no lo exime del pago de la reparación civil ni mucho menos extingue sus penas. Lo que sentencia está haciendo, dicen, es disponer su libertad anticipada.
Los magistrados establecen que en casos posteriores en los que un preso padece una enfermedad que haga imposible su resocialización, como la demencia senil, se debe evaluar su libertad anticipada ante el juez de ejecución de la pena.
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