La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) hizo importantes cambios sobre la normativa que permite la facturación en moneda extranjera.
Lo hizo a través de la Resolución General 5616, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, donde se establece cuál será el tipo de cambio a considerar en esas operaciones.
La normativa se trata de un avance significativo hacia la implementación de la bimonetariedad anunciada por el presidente Javier Milei.
Dado que en breve se podrán pagar los consumos en dólares con tarjetas de débito, crédito y prepagas emitidas en la Argentina, la normativa detalla el tipo de cambio que se debe utilizar en determinados casos.
En este sentido, la resolución introduce precisiones clave respecto al tipo de cambio a utilizar en operaciones facturadas y cobradas en moneda extranjera.
Según lo dispuesto, cuando una factura sea emitida en dólares y el pago se efectúe en la misma moneda, deberá aplicarse el tipo de cambio vendedor divisa informado por el Banco de la Nación Argentina al cierre del día hábil cambiario previo a la emisión del comprobante.
"Por ejemplo, si un restaurante emite la factura en dólares y cobra esa misma moneda a través de tarjeta de crédito, débito, prepaga o efectivo, deberá emplear ese tipo de cambio para la generación del comprobante", explica el contador Sebastián Domínguez.
En el caso de comprobantes electrónicos, el sistema automáticamente asignará el tipo de cambio correspondiente, mientras que si se opera una monedas sin cotización oficial deberán consignar manualmente el valor aplicado.
La Resolución establece un cronograma de implementación gradual para adecuar los sistemas de facturación:
Sin embargo, cuando se utilice "Web Services" y/o "Comprobantes en Línea" ya debe aplicarse el tipo de cambio estipulado a partir de hoy, 18/12/2024.
Domínguez explica que estos cambios no solo impactarán a comercios que operan con turistas extranjeros, sino también a cualquier establecimiento, empresa, entre otros, que desee ofrecer la opción de facturación y pago en dólares a sus clientes.
Es importante tener en cuenta que esta normativa no se aplica cuando una factura es emitida en pesos y el cobro se realiza en moneda extranjera.
ARCA publicará, diariamente, en el micrositio "Factura Electrónica" las monedas que registran cotización en el Banco de la Nación Argentina.
Para aquellas monedas que no registren una cotización, quien emite la factura deberá informar el tipo de cambio utilizado.
"Con esta medida, Argentina da un paso más hacia la flexibilización del uso de monedas extranjeras en su economía cotidiana, estableciendo un precedente significativo en la gestión de pagos y facturación en el país", concluye el contador.