El Tribunal Supremo de Elecciones, pilar de nuestra democracia y reconocido por su indispensable labor en pro de la pureza del sufragio y del proceso electoral, incurre en censura al condenar al Semanario Universidad por no retirar de su página en internet, un día antes de la veda electoral, una encuesta de intención de voto publicada el 2 de febrero del 2022.
Vivimos en una época en la que se corre el riesgo de cometer errores contra derechos fundamentales al desconocer las dinámicas del ecosistema digital.
En primer lugar, la condena del TSE genera un vacío legal para los medios digitales nativos y posiblemente también para los no nativos. ¿En qué momento entra en vigor la veda electoral para la información difundida a través de plataformas electrónicas como Spotify, YouTube, Facebook o TikTok? ¿Una semana antes, dos semanas antes o incluso tres? Si la intención es evitar influir en el votante, el marco regulatorio debería ser claro y uniforme.
En este sentido, no se puede ignorar lo dispuesto en el Código Electoral, que cita la resolución 6577-E8-2017 del 25 de octubre del 2017. Si esta resolución es aplicable para algunos medios, debería serlo para todos: “El período durante el cual se extiende la prohibición de difundir o publicar, parcial o totalmente, por cualquier medio, sondeos de opinión y encuestas relativas a procesos electorales (...) se inicia a partir del día siguiente a la publicación en un medio de comunicación escrita y de circulación nacional”.
En segundo lugar, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Moya y otros contra Costa Rica, recuerda que las indemnizaciones civiles no deben implicar una inhibición o autocensura de quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, el TSE promueve justamente esto al interpretar de manera desfasada el artículo 138 y sancionar con el pago de ¢2,3 millones al medio y a su directora.
La labor de vigilancia electoral debe protegerse con rigor, pero también debe adaptarse a los desafíos que plantean las nuevas tecnologías. Tal como lo señaló un ex fiscal general de Colombia en un artículo publicado en la revista del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil, por su sigla en inglés), “internet como técnica no modificó de forma esencial la información, modificó su tiempo. La rapidez y la enormidad de esa información hacen que la regulación, en muchos casos engorrosa y proclive a los procedimientos judiciales, sea absolutamente anacrónica”.
Estas palabras, escritas en el 2009, resultan especialmente vigentes si consideramos que la inteligencia artificial transformó radicalmente la forma de generar información.
El TSE debe actualizar sus interpretaciones legales y normativas para garantizar tanto la pureza del sufragio como los derechos fundamentales en un ecosistema digital en constante evolución, tarea que debe contar con el apoyo de la Asamblea Legislativa.
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Guiselly Mora, editora de Opinión de La Nación, especializada en periodismo, corrección de estilo y comunicación transmedia.