La gratificación por Navidad deberá ser abonada en los próximos días. Este beneficio económico es fundamental para alrededor de 4 millones de trabajadores registrados en planilla del sector privado. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) advierte que las multas por incumplimiento pueden superar los S/134.518.
Ante ello, muchos esperan este ansiado dinero extra que es abonado cada año en las cuentas de los trabajadores durante julio y diciembre. Para ello, en esta nota te mostramos todos los detallas que deberás conocer.
Los trabajadores del sector privado con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial son los principales beneficiarios de la gratificación. No es necesario acreditar el cumplimiento de una jornada mínima de 4 horas. También se incluyen aquellos que laboran para entidades públicas bajo el régimen privado. En el caso de los trabajadores de pequeñas empresas que fueron contratados después de su inscripción en el Remype, recibirán medio sueldo de gratificación.
Las trabajadoras del hogar, del sector portuario y aquellos que pertenecen al régimen agrario también tienen derecho a percibir este beneficio. Es importante destacar que los trabajadores independientes e informales no recibirán gratificación, así como aquellos que perciben “Remuneración anual integral” por convenio con la empresa.
Según el Decreto Supremo N° 005-2022-TR, un trabajador que laboró el semestre completo recibirá una gratificación equivalente al íntegro de un sueldo bruto. Este monto no se verá afectado por descuentos, impuestos ni aportes a la seguridad social. Para los afiliados a EsSalud, se añadirá un 9% de bonificación extraordinaria, mientras que para los afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), el adicional será del 6,75%.
Para aquellos que laboraron solo algunos meses, la gratificación se calculará como un sexto del sueldo por cada mes trabajado. En caso de inasistencias injustificadas, se descontará un treintavo del sexto a percibir. La fórmula para calcular la gratificación es: Sueldo bruto mensual + asignación familiar (si corresponde) + bonificación extraordinaria.
El incumplimiento del pago de la gratificación en el plazo establecido se considera una infracción grave, con multas que oscilan entre S/566,5 y S/134.518, dependiendo del régimen laboral de la empresa. Las micro y pequeñas empresas pueden enfrentar sanciones de entre 0,45 y 4,50 UIT, mientras que las empresas no MYPE pueden recibir multas de 1,57 a 26,12 UIT.
Es crucial que los empleadores cumplan con los plazos establecidos no solo para evitar sanciones, sino también para mantener una buena relación con sus trabajadores y preservar la reputación de la empresa en el mercado.