Tras años haciendo aportaciones a su plan de pensiones, un despiste con los plazos puede arrebatarle un importante ahorro fiscal. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que el rescate del plan de pensiones en forma de capital, con el que se recibe todo el dinero acumulado en el plan en un solo pago, permite aplicar una reducción del 40% sobre las cantidades invertidas antes del 31 de diciembre de 2006, pero sólo es posible en un plazo de dos años desde la jubilación o la contingencia que motivó el rescate. Por lo tanto, si se jubiló en 2022 y aún no ha rescatado su plan de pensiones, tiene hasta que acabe el año 2024 para beneficiarse de esta reducción fiscal.
El rescate en forma de capital es la modalidad de rescate menos recomendada a nivel fiscal, ya que el dinero del plan se sumará a sus rentas del trabajo como si tuviera un segundo pagador y elevará considerablemente su base imposible. No obstante, hay personas que necesitan recurrir a este tipo de rescate y que si tienen en cuenta este reducción fiscal podrán tributar sólo por el 60% del dinero rescatado correspondiente a las aportaciones previas a 2027. El plazo no sólo es aplicable si la persona titular del plan se jubiló en 2022, sino también si el partícipe falleció en 2022 y como heredero quiere rescatarlo.
Las otras dos alternativas para rescatar un plan de pensiones son hacerlo en forma de renta, unas cantidades que se recibirán de forma anual, semestral, trimestral o mensual, lo que tiene un impacto fiscal menor, al elevar en menor medida la base imponible, o retirar el plan de pensiones de forma mixta, cobrando una parte en forma de capital, normalmente cuando se decide recuperar las cantidades, y el resto en forma de renta de forma periódica.