La Justicia uruguaya ha decidido condenar a Canal 10 a pagar una indemnización de US$15.724 a la periodista Ana Inés Martínez, “por un delito de daño moral emergente del acoso sexual”. Esta decisión implica que el canal reconoce la responsabilidad por el daño causado a la comunicadora, al mismo tiempo que desestima las alegaciones de acoso laboral que esta había presentado contra el gerente de su noticiero, Nelson Fernández.
Según reportes obtenidos por diversos medios de prensa, el juez Luis Fourment fue quien dictó esta sentencia, aclarando que no encontró pruebas suficientes para determinar que existió acoso laboral por parte de Fernández. Sin embargo, el magistrado sí consideró válida la denuncia de acoso sexual interpuesta por Martínez contra el exgerente general del canal, Alejandro Cattaneo, quien también fue desvinculado del medio en diciembre de 2023.
El fallo se centra en el contexto del despido de Ana Inés Martínez, quien fue separada del canal el 1° de diciembre de 2023. Tras su desvinculación, Martínez llevó a cabo acciones legales por acoso laboral y sexual. Aunque se solicitó una indemnización de US$400.000, el juez determinó que el canal debía compensar a la periodista mediante el pago mencionado. Así se establece un precedente en el tratamiento de casos de acoso en el ámbito laboral en el país.
Martínez había denunciado que, además del acoso sexual por parte de Cattaneo, había sido víctima de acoso laboral por parte del gerente Nelson Fernández. No obstante, la penalización económica a Canal 10 solamente corresponde al delito de acoso sexual. El juez argumentó que no había relación entre la acción de acoso sexual y el despido de Martínez, algo que su equipo legal considera contradictorio y difícil de aceptar.
El abogado de Martínez, Juan Ceretta, anunció que se interpondrá un recurso de apelación para cuestionar la desestimación de la demanda por acoso laboral. Esta es una cuestión que ha suscitado debate público, dado que el caso de Martínez se convierte en un referente en el marco de la defensa de los derechos laborales y la lucha contra el acoso en el ámbito laboral en Uruguay.
La sentencia se presenta como un hito en la lucha contra el acoso en los medios de comunicación de Uruguay, siendo la primera vez que un canal es condenado por acoso sexual hacia un trabajador. “En virtud de que se tuvo por configurado el acoso sexual corresponde hacer lugar a la indemnización del daño moral”, argumentó el juez en su resolución, respaldándose en la legislación que rige estos casos.
El canal, por su parte, había emitido un comunicado en febrero del presente año, rechazando las acusaciones de acoso laboral y señalan que no tuvieron conocimiento de las acusaciones de acoso sexual que Martínez planteó. Se espera que Canal 10 publique un nuevo comunicado en respuesta a la sentencia del juez y la creciente atención pública sobre esta materia.