Buenas noticias para los pensionistas jubilados en España. Fue hace solo unos días cuando la Seguridad Social, con la ministra Elma Saiz como líder, confirmó la subida de las pensiones en un 2,8% de cara al próximo año de 2025, en cumplimiento a la revalorización anual de las pensiones. Y es que, cabe recordar, que en cumplimiento con las recomendaciones del Pacto de Toledo, las pensiones se actualizan cada año conforme a la subida de los precios para garantizar su poder adquisitivo.
A todo ello hay que sumarle el incremento del complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones contributivas, es decir, aquellas que gestiona la Seguridad Social. Sustituye al complemento por maternidad y de lo que trata es de reparar el perjuicio que han sufrido las mujeres a lo largo de su carrera profesional por asumir el papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos.
Entre los beneficiarios, tal y como especifica la Seguridad Social en su página web, pueden acceder las mujeres y hombres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, excepto la jubilación parcial, de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos o hijas. No obstante, cuando se acceda a la jubilación plena desde la jubilación parcial se reconocerá el complemento, si se cumplen los requisitos exigidos.
La reforma de las pensiones determina que el complemento de la brecha de género -de 33,20 euros en el ejercicio actual- subirá un 10% adicional al IPC en el bienio 2024-2025, que se distribuirá entre ambos ejercicios al 5%. Así, el complemento de la brecha de género subirá el próximo ejercicio en torno a un 7,8% -el IPC promedio más un 5% adicional-, lo que le situará en torno a los 35,6 euros por hijo, con un máximo de hasta cuatro hijos, de acuerdo con lo regulado en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.
Serán beneficiarias aquellas personas (hombres y mujeres) que reciban una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021y que hayan tenido uno o más hijos o hijas.
La Seguridad Social especifica que para que los hombres tengan derecho al complemento deberán acreditar alguno de los siguientes requisitos:
El percibo del complemento es incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas. Ahora bien, también se contemplan otros supuestos:
El complemento para reducir la brecha de género se puede solicitar desde el portal 'Tu Portal' de la Seguridad Social con certificado digital, DNI electrónico o clave permanente. Si no se dispone de ello, puede solicitarlo de manera excepcional la Sede Electrónica de la Seguridad Social. También en los centros de atención e información de la Seguridad Social, con cita previa: 901166565/ 915421176.
La prestación por jubilación, en su modalidad contributiva, cubre la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia, poniendo fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos.
A partir de esta revalorización de las pensiones anunciada por la Seguridad Social de cara a 2025, las cuantías quedarán de la siguiente manera:
Si desea solicitar pensión de jubilación, puede rellenar o imprimir el formulario apropiado y, una vez cumplimentado, enviarlo por correo ordinario o presentarlo en la Dirección Provincial correspondiente de la Seguridad Social. Para realizar el procedimiento, es necesario acceder a la página web de la Seguridad Social y rellenar los documentos pertinentes.