El desempleo en España aumenta con el paso de los meses. Tras las cifras publicadas en el mes de octubre por el SEPE, el número de desempleados en nuestro país ha crecido en 26.769 personas, lo que supone un 1,04% más respecto al mes de septiembre. A partir de este dato, la cifra total de parados en España asciende a 2.602.054 personas.
Ante esta situación, todas las personas que lo deseen podrán optar a la prestación contributiva por desempleo. Según se asegura desde la página web oficial de la Seguridad Social, la prestación contributiva por desempleo "protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %, por el procedimiento del artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores".
No obstante, no todo el mundo puede acceder a esta prestación. Existen una serie de requisitos indispensables si se quiere percibir esta ayuda del SEPE.
Según apuntan desde la Seguridad Social, estos son los requisitos para obtener la prestación:
La duración de la prestación por desempleo depende de las cotizaciones por desempleo que hayas realizado en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior. Esta puede ir desde los 120 días de paro para aquellas personas que hayan cotizado entre 360 y 539 días, hasta los 720 días para las personas que hayan cotizado un total de 2.160 días.
Aquel que quiera recibir esta prestación deberá presentar la solicitud de presentación ante la oficina de trabajo que corresponda en el plazo de 15 días hábiles (excluidos domingos y festivos) después de que se haya quedado desempleado. Si existen vacaciones pendientes de disfrutar, el cómputo se iniciará tras estos días.
La cantidad a cobrar por la prestación de desempleo varía en función de las bases de cotización del trabajador. Normalmente, se percibe el 70% de la base reguladora de los últimos 180 días cotizados. Esto será así durante los primeros seis meses de paro y después el tipo bajará al 60%.
Para acceder a esta prestación es imprescindible aportar la siguiente documentación:
- Si es perteneciente a la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
- Si no pertenece a la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) y el pasaporte.