La Junta de Andalucía prevé recibir este 2024 cerca de 600.000 euros procedentes de la Administración General del Estado para que la Consejería de Salud asuma la atención sanitaria de los usuarios de Muface (Mutualidad General de los Funcionarios Civiles del Estado) que viven en los municipios menores de 20.000 habitantes. A esta cantidad se le deben sumar los 272.863,87 euros que también recibe la Administración autonómica por el servicio que presta a los usuarios del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas) y la Mutualidad General Judicial (Mugeju) , por lo cual la transferencia total por estos tres colectivos es de 860.765 euros. Los 587.900 euros de Muface se diferencian en dos conceptos, según las prestaciones del SAS. El Estado dedicará 554.787 euros para las beneficiarios de Muface en municipios donde recibirán la atención de los médicos generales, pediatras y personal de enfermería de los Equipos Básicos de Atención Primaria de la red de centros del Servicio Andaluz de la Salud, así como los servicios de urgencias. En este bloque se contabilizan 33.778 beneficiarios de ese conjunto de prestaciones. Recibe la Junta otros 33.1133 euros para los municipios donde 3.064 mutualistas de Muface solo tendrán la atención de urgencias. Son en total los 36.842 usuarios de Muface atendidos en Andalucía en poblaciones de menos de 20.000 habitantes. Son 560 los municipios andaluces beneficiarios de este convenio entre el SAS y Muface. El desglose provincial es Almería (86), Cádiz (25), Córdoba (68), Granada (158), Jaén (77), Málaga (82) y Sevilla (64). Además de esas transferencias el convenio incluye también los acuerdos sobre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y con la Mutualidad General de Justicia (Mugeju). Los beneficiarios de Isfas se dividen en dos tramos de edad, menores de 65 y mayores de esa cota. Son 15,68 y 18,60 euros, respectivamente, la financiación mensual que recibe la Junta por ellos. La Mutualidad de Justicia tiene un único tramo de 15,68 euros por persona. El convenio de Isfas asciende a 234.064,92 euros con todas las prestaciones, así como otros 20.332,62 euros por los beneficiarios de urgencias, por lo que el total para la atención sanitaria de los mutualistas de las Fuerzas Armadas es de 254.397,54 euros. Isfas contabiliza a 29.020 beneficiarios de ambas prestaciones. El convenio indica que la Consejería de Salud, «exclusivamente con los medios de que disponga el Servicio Andaluz de Salud en los municipios de menos de 20.000 habitantes que se relacionan en los Anexos I y II prestará los servicios sanitarios que se detallan a todos los mutualistas y demás beneficiarios de Muface, Isfas y Mugeju que se encuentren adscritos a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria concertadas con las precitadas Mutualidades y que residan en cualesquiera de los citados municipios». La definición de los servicios sanitarios que recibirán los mutualistas es «los que prestan los médicos generales, pediatras y personal de enfermería de los Equipos Básicos de Atención Primaria de la red de centros del Servicio Andaluz de la Salud, incluidos los servicios de urgencias». El convenio precisa que los usuarios de Muface, Isfas y Mugeju quedan excluidos de las prestaciones de los Dispositivos de Apoyo a la Atención Primaria. Otro grupo de municipios disfrutan también de los servicios sanitarios de urgencias, «que serán prestados en los correspondientes Centros de Atención Primaria o Consultorios dependientes del Servicio Andaluz de la Salud». El convenio incluye también «la prescripción de medicamentos y demás productos farmacéuticos en las recetas oficiales de Muface, Isfas y Mugeju», pero se excluye la prestación farmacéutica, «que continuará estando a cargo de las Mutualidades». También asume el SAS la elaboración de «los informes que sirvan de base a la declaración de Incapacidad Temporal en los modelos oficiales de cada una de las Mutualidades y la prescripción de pruebas o medios de diagnóstico en volantes comunes, que deberán ser tramitados por los beneficiarios ante su respectiva Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria, en la forma establecida por ésta». «La prestación de cualquier asistencia sanitaria no comprendida en los apartados anteriores será por cuenta y cargo del mutualista o beneficiario», precisa el convenio, de manera que en ese caso la facturación del SAS se ajustará a «los precios públicos por actos asistenciales y servicios sanitarios prestados por ese Servicio».