Cuando una persona jubilada o pensionada decide viajar fuera del país por más de tres meses o radicarse en el exterior, es fundamental realizar un trámite clave ante ANSES para evitar la suspensión del pago de su jubilación o asignación.
Este procedimiento tiene como objetivo asegurar que las prestaciones se mantengan sin interrupciones, aun cuando el beneficiario se encuentre fuera del país. A continuación, se explican los pasos a seguir y los detalles que hay que tener en cuenta.
Cualquier jubilado o pensionado que planee ausentarse del país por más de tres meses o que decida establecerse en el exterior de manera definitiva, deberá comunicar su salida a ANSES.
De no hacer este trámite, el pago de las prestaciones podría ser suspendido. Sin embargo, no todos los beneficiarios deben completar este procedimiento.
Si tu destino está entre los países que tienen un Convenio de Reciprocidad con Argentina, no necesitarás realizar el trámite ante ANSES. Este acuerdo asegura que podrás continuar cobrando la jubilación o la asignación sin inconvenientes.
Los países que cuentan con este convenio son:
Si viajás a cualquiera de estos países, no será necesario que informes a ANSES sobre tu salida. En cambio, si tu destino no se encuentra en esta lista, deberás seguir el procedimiento correspondiente para evitar la suspensión del pago.
En el caso de que el país al que viajes no esté incluido en el listado de países con convenio, es necesario realizar el trámite correspondiente ante ANSES para evitar que se suspenda el pago de la jubilación o asignación.
A continuación, se detallan los pasos a seguir para completar este procedimiento:
1. Verificar y actualizar los datos personales: antes de realizar cualquier trámite, es importante que tus datos estén actualizados en Mi ANSES. Si no están completos, podés hacer la actualización online o llamando al 130.
2. Reunir la documentación necesaria: debes presentar los siguientes documentos:
En el caso de que cobres una Pensión no Contributiva por Invalidez, el formulario requerido será el de Comunicación, Descargo y Renuncia.
3. Presentarse en una delegación de ANSES: el trámite es presencial, sin necesidad de turno. Debés acercarte a cualquier delegación de ANSES con la documentación completa antes de viajar y también cuando regreses al país.
4. Informar sobre tu regreso: dentro de los 30 días posteriores a tu retorno, debes comunicarte con ANSES para registrar tu regreso, presentando el pasaje de vuelta o el pasaporte. Si volviste por medios propios, se tomará una declaración jurada.
Realizar este trámite correctamente es esencial para asegurarte de que no se suspendan tus beneficios durante el tiempo que permanezcas fuera de Argentina.