La Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional, integrada por los jueces Sonia Torre Muñoz, Jhonny Contreras Cuzcano y María Felices Mendoza, anuló la detención preliminar y dispuso la inmediata libertad del presidente de la Federación Peruana de Fútbol, Agustín Lozano en la investigación a la presunta organización “Los Galácticos del Fútbol” .
La misma decisión se tomó respecto de los ciudadanos Sabrina Martin Zamalloa, Genaro Miñán Armanza y José Carlos Isla. Lozano, Martín y Miñan se encontraban detenidos y José Carlos Isla, con orden de captura, que fue dejada sin efecto, en una investigación por los delitos de organización criminal, fraude en la administración de persona jurídica y lavado de activos.
"Agradezco a las autoridades que han hecho justicia, quiero agradecer a mi familia, a mis amigas y amigos y a todos los dirigentes que confían en el trabajo de Agustín Lozano, hoy voy a estar con mi familia y mañana estaré con toda la prensa para que ustedes sean los principales comunicadores a toda la comunidad peruana (...) arriba hay un Dios, que ve todo lo que hacemos", afirmó al dejar la dependencia policial donde estuvo detenido.
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Ya en libertad, Agustín Lozano estaría reasumiendo la conducción de la Federación Peruana de Fútbol, en las próximas horas. Tras su detención, el directorio de la FPF designó a su vicepresidente Arturo Ríos como presidente interino, mientras dure la ausencia del titular.
A diferencia del juez Richard Concepción Carhuancho que el 7 de noviembre dictó la detención preliminar, el tribunal superior decidió cumplir con las leyes 32108 y 32138 sobre criminalidad organizada, de acuerdo con el precedente de la Corte Suprema en el caso de la red Orellana.
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La Sala de Apelaciones consideró que en el caso “Los Galácticos en la Sombra” no se establece la existencia de una organización criminal dedicada a cometer delitos graves, con una pena superior a cinco años, lo que no contradice la Convención de Palermo.
En tanto, sobre el lavado de activos, la Sala Superior indicó que solo se puede establecer una sospecha simple. Si bien este delito si tiene una pena mínima mayor a cinco años, los jueces consideraron que la fiscalía lo planteó como un delito aparte y no como uno de los fines de la presunta organización.
Igualmente, se indica que la fiscalía no pudo establecer que exista un peligro para el avance de las investigaciones, que ya dura más de dos años, ni la necesidad urgente de tomar esta medida para cumplir con determinada diligencia. Además, que el ejercicio de un derecho de un procesado no puede ser considerado un acto de obstaculización.
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Sobre este tema durante la audiencia, Lozano afirmó: “Yo he sido el que más ha colaborado con el fiscal. ¿Por qué tanta maldad? Yo he participado, he ido a todos los allanamientos, cinco, seis de la mañana, he estado permanentemente colaborando con el fiscal, he ido hasta sus oficinas para decirle qué necesita, qué quiere”, exclamó.
Por su parte, su abogada Giulliana Loza, insistió en que el tribunal superior reconoció que no había “ningún riesgo procesal” que justifique la detención de su cliente.
Los jueces “han establecido que (Agustín Lozano) en ningún momento debió ser privado de su libertad porque no se dan los criterios de la criminalidad organizada y no existe ningún riesgo procesal”, explicó Loza.
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Anotó que seguirán "colaborando con los requerimientos de la Fiscalía con la finalidad de esclarecer los hechos y acreditar la inocencia de nuestro patrocinado".
La Sala de Apelaciones consideró que la detención preliminar requiere la necesidad de realizar diligencias urgentes que no se pueden realizar sin la detención de los investigados, situación que no se advierte en el caso de “Los Galácticos del Fútbol”.
Horas antes de la decisión de la Sala de Apelaciones, la fiscalía solicitó 36 meses de prisión preventiva para Agustín Lozano, José Carlos Isla, Genaro Miñán, Sabrina Martín y Oscar Chiri por presuntos actos delictivos a favor de 1190 Sports.
En tanto, la fiscalía dejó en libertad al presidente del Club Sporting Cristal, Joel Raffo al no encontrar mayores indicios de responsabilidad en su contra.