El Ministerio de Economía de la Nación comunicó este viernes la extensión del plazo para anotarse en el régimen especial de pago adelantado de Bienes Personales (REIBP).
La ampliación responde a un pedido del ministro Luis Caputo, quien le encomendó a la Administración General de Ingresos Públicos (AFIP) que dicte una Resolución General para oficializar los cambios.
La nueva norma permitirá que quienes adhirieron al REIBP hasta el 30/9/24, pero a esa fecha no pudieron terminar dicho trámite, puedan hacerlo hasta el 31/10/24.
"A su vez, se permitirá que quienes optaron hasta el 30/9/24 por presentar su declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales y ahora quieran adherir al REIBP, puedan tener la posibilidad de rectificarla y acceder al régimen hasta el 31/10/24", destacaron desde el Palacio de Hacienda en un comunicado.
El pago adelantado de Bienes Personales es de una de las herramientas clave, junto al blanqueo y la moratoria impositiva. con las que cuenta el Gobierno nacional para el ingreso de divisas y fortalecer reservas.
El REIBP ofrece a los contribuyentes la opción de tributar de manera unificada por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027.
El Régimen es de adhesión individual y voluntaria, y permite que aquellos que se sumen tributen el Impuesto sobre los Bienes Personales de manera consolidada por varios períodos fiscales. Esto incluye tanto a aquellos bienes que no fueron regularizados bajo el Régimen de Regularización de Activos de la Ley N° 27.743, como a aquellos que sí lo fueron.
Entre los beneficios al adherir al REIBP se encuentran mantener estabilidad fiscal patrimonial hasta el 2038; no tener que cumplir las obligaciones derivadas del Impuesto sobre los Bienes Personales durante la vigencia de ese gravamen (anticipos, declaraciones juradas, entre otras); y la posibilidad de que los incrementos patrimoniales no generen impuesto adicional a ingresar en bienes personales (excepto algunas donaciones y liberalidades).