Entró en vigencia la Resolución 87/2024 de la Secretaría de Comercio que le exige a los comercios poner a disposición del consumidor las terminales de pago de modo que, en ningún momento, la persona pierda el control de su tarjeta.
De este modo, a partir de ahora, en bares y restaurantes deberán acercar los dispositivos a la mesa para que los clientes paguen y sean quienes manipulen sus tarjetas de crédito y débito.
La norma, que fue publicada en marzo pasado en el Boletín Oficial, establecía 180 días de plazo de adecuación para que todos los comercios que operen con tarjetas de compra, crédito o débito puedan poner a disposición de los usuarios una terminal de pago inalámbrica a la vista del cliente.
El plazo ya terminó y desde este lunes es obligatorio. Esto significa que, aquellos comercios que no lo cumplan, podrán ser sancionados de acuerdo a las penas que prevé la Ley de Defensa del Consumidor.
"Todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o "POS"), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación", dice la normativa en su Artículo 1.
La Secretaría de Comercio informó que, en caso de no cumplir con esta Resolución, los comercios podrán ser sancionados de acuerdo a las multas que prevé la Ley de Defensa del Consumidor.
En caso de inconvenientes, las denuncias pueden realizarse ante Defensa del Consumidor, ingresando acá, o a través las redes sociales de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor: @DNDConsumidor, tanto en la cuenta de la red social "X", como en Instragram y Facebook.
Las denuncias pueden hacerse tanto en Defensa del Consumidor nacional, en la oficina que depende del Gobierno porteño.
Durante el desarrollo del último Consejo Federal de Consumo, celebrado en febrero, los representantes de todas las provincias mostraron su preocupación por este tema y manifestaron su apoyo a la medida a implementar. De acuerdo a estadísticas de la Secretaría de Comercio, en 2023 hubo casi 7 mil denuncias ante la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor por fraudes y estafas en servicios financieros.
La Resolución prevé diferentes sanciones para quienes no cumplan con la normativa, según el artículo 47 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
La multa económica va de 0,5 a 2.100 canastas básicas total para el hogar 3 que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC). Esto se traduce a sanciones que arrancan en los $ 450.324 y pueden ascender a millones de pesos, ya que la canasta básica para julio está valuada en $ 900.648.
En tanto, otras sanciones previstas son el "decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción; clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días; suspensión de hasta cinco años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado; y hasta la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare".