La Audiencia de Barcelona se corrige y resuelve que sea el juzgado de instrucción el que decida sobre la amnistía a los procesados por el 1-O y los gastos exteriores del procés
La amnistía cumple los dos meses para su aplicación con 93 beneficiados y Puigdemont como principal excluido
Hay causas judiciales que parecen condenadas a vagar por una maraña procesal irresoluble. Esto es lo que sufren la treintena de exaltos cargos, funcionarios y empresarios imputados por los preparativos del referéndum del 1-O de 2017. Después de iniciar los trámites para decidir si aplicaba la amnistía, la Audiencia de Barcelona se ha corregido y ha decidido que no es el tribunal competente para resolver sobre el olvido penal del procés.
A falta de once días para que se cumpla el séptimo aniversario de los registros del 20 de septiembre de 2017 que desembocaron en la protesta frente a la conselleria de Economía, los procesados por la causa de los preparativos del 1-O (a los que después se sumaron los investigados por los gastos exteriores del procés) todavía no tienen una respuesta judicial sobre su amnistía.
En un auto, la Audiencia de Barcelona ha dejado sin efecto su propia resolución del pasado 11 de julio con la que abrió el proceso para resolver si amnistiaba a los procesados y ha concluido que la decisión la debe tomar el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, para incluir a los investigados por los gastos en el exterior.
En su primera resolución, la sección 21ª de la Audiencia dejó fuera a los investigados en la causa instruida por el juzgado de instrucción número 18 de Barcelona sobre los gastos del 'procés' en el exterior, pese a que se había agrupado en el mismo procedimiento del juzgado de instrucción 13, por decisión de otra sección (la 2ª) de la Audiencia. El conflicto competencial ya motivó que la causa estuviera paralizada durante más de dos años.
Ahora, en un auto fechado el 30 de julio pero notificado este lunes, los magistrados estiman el recurso de la Fiscalía, que reclamaba que todos los investigados (por el 1-O y los gastos exteriores) debían recibir una respuesta conjunta sobre su amnistía, y que la debía tomar la magistrada del juzgado de instrucción 13.
La ley de amnistía daba dos meses a los jueces para aplicarla, pero los magistrados son conscientes del embrollo procesal que ha convertido a este caso en excepcional y que ha impedido cumplir con el plazo. Así lo explican en su propia resolución: “La causa ciertamente es única, no podemos negar esta obviedad”. Los jueces también reconocen que no han sido ajenos a los “inconvenientes” que podrían suscitarse por las “particularidades procedimentales” por los “avatares procesales” que presenta esta macrocausa.
Entre los investigados que aguardan ahora la decisión de la magistrada están el exconseller de Exteriores Raül Romeva; o los exaltos cargos Albert Royo o Amadeu Altafaj. Ahora la magistrada de instrucción 13 de Barcelona, Alejandra Gil, tendrá que dar trámite a las partes antes de resolver. La Audiencia, en julio, había solicitado el parecer de Fiscalía y defensas sobre enviar cuestiones prejudiciales sobre la amnistía a la Justicia europea o al Tribunal Constitucional, tal y como han hecho el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).