En los últimos meses, Hacienda ha puesto el foco en las plataformas de compraventa de productos de segunda mano y avisa que algunos usuarios están obligados a declarar las transacciones realizadas si cumplen ciertas características, como cuando se vende un objeto por un precio superior al que se adquirió originalmente, se está generando una ganancia patrimonial, por lo que debe incluirse en la declaración de la Renta.
La entrada en vigor de la directiva DAC 7 de la Unión Europea obliga a las plataformas digitales a compartir cierta información sobre sus vendedores con las autoridades fiscales para comprobar si, efectivamente, es necesario que declaren sus ingresos patrimoniales, algo que les sucedería a los usuarios que realicen más de 30 operaciones anuales con un importe superior a 2.000 euros.
Ante esta situación, Wallapop ha querido mandar un mensaje de tranquilidad a sus vendedores y les ha recordado que la forma de tributar la venta de productos reutilizados no ha cambiado. De acuerdo con la información ofrecida por la plataforma, la mayoría de sus más de 19 millones de usuarios no deberá tributar por sus ventas, y estima que, menos de un 1% de sus vendedores será susceptible de alcanzar los límites de DAC7 en un año.
Ya están llegando las primeras multas a los vendedores de Wallapop, lo que demuestra que Hacienda se ha puesto en marcha. En este caso, las sanciones pueden variar según la gravedad de la infracción: desde multas económicas significativas a recargos por no haber declarado a tiempo.
Asimismo, es importante destacar que Hacienda también puede revisar las transacciones de años anteriores, por lo que los usuarios que hayan vendido artículos en la plataforma en el pasado podrían ser objeto de una inspección fiscal.
Para calmar a los vendedores, la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) y Wallapop han elaborado, de forma conjunta, una “Guía práctica para vendedores de Wallapop sobre la tributación de la venta de segunda mano”, que recopila las dudas de los usuarios y muestra distintos casos de aplicación de la directiva DAC7 para que, del mismo modo, estén informados sobre cómo tributar los productos reutilizados, en caso de que fuera necesario hacerlo.
Para explicarlo, hay que entender que el proceso de tributación de productos usados está integrado por dos tipos de vendedores: profesionales –funcionan como cualquier otro negocio, por lo que deben emitir una factura con IVA para cada artículo e incluir dichos ingresos en su declaración de la Renta– y particulares –sólo tributan por IRPF las ventas que les supongan una ganancia patrimonial–.
En el caso de estos últimos, el vendedor deberá incluir esta información en el apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales” a partir de la casilla 1624 de su declaración de la Renta. El contribuyente deberá pagar entre el 19% y el 23% en función del beneficio obtenido y de manera gradual.