El 27 de agosto se inició el pago del grupo de Reintegro 2 del desaparecido Fondo Nacional de Vivienda Fonavi. Según los datos de la secretaría técnica, serán 207.407 personas las beneficiadas con la devolución de sus aportes, incluyendo el pago a herederos y familiares directos. Por ello, conoce a continuación toda la información importante para cobrar hoy en el Banco de la Nación.
Actualmente, ya está disponible el pago para los integrantes de los grupos de Reintegro 1 y 2 del Fonavi. El primer grupo quedó habilitado desde el 25 de abril de este año; además, lo conforman las listas de pago de la 1 a la 19, que en su mayoría incluyen exaportantes mayores de 80 años, personas con enfermedades graves o terminales y con discapacidad. Antes de acudir a la sede más cercana del Banco de la Nación, es necesario comprobar si se forma parte del grupo beneficiado.
En declaraciones para TV Perú, Eduardo Gaytán, jefe de la subunidad de orientación y registro de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc del Fonavi, señaló que no existe una fecha límite para hacer efectivo el reintegro del Fonavi. "No es necesario que vayan hoy y que haya acumulación de gente, mañana también podrían ir. Quiero enfatizar que, si usted está en la lista, su dinero está en el banco, nadie lo va a cobrar más que usted”, señaló Gaytán.
Ya está disponible el pago para todos los integrantes del reintegro 2 del Fonavi. Esta habilitación se dio el último martes 27 de agosto, día en que la secretaría técnica del Fonavi confirmó el pago para todos los integrantes de esta lista, que en su mayoría está conformada por ciudadanos a partir de los 75 años.
Para confirmar si una persona forma parte del grupo de reintegro 2 del Fonavi, basta con verificar si su nombre aparece en el grupo de beneficiados que brindó la Secretaría Técnica del Fonavi. Para ello, sigue los siguientes pasos:
Los herederos de fonavistas fallecidos pueden cobrar los aportes sin necesidad de un testamento, siempre y cuando presenten los documentos requeridos. Para acceder a la devolución de los aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), los herederos deben proporcionar una serie de documentos específicos, incluyendo el acta de defunción del fonavista, la partida de nacimiento o la certificación de parentesco, y la declaración jurada de herederos.
Además, se debe presentar un poder notarial o una autorización para que un representante legal pueda gestionar el trámite. La presentación de estos documentos es crucial para que los herederos puedan recibir la devolución de los aportes sin mayores complicaciones legales.