El Tribunal Supremo (TS) está a la espera de que se ejecute la orden de detención de Carles Puigdemont -tras su reaparición a primera hora de la mañana en las inmediaciones del Parlament y de que posteriormente se desconozca su paradero- para activar el procedimiento que debe llevar al líder independentista ante el magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa del "procés". Un mandato judicial que no solo afecta a los Mossos dEsquadra, recuerdan fuentes del alto tribunal, sino también a la Policía y la Guardia Civil.
Y es que la orden de busca y captura -que Llarena ha mantenido en vigor tras la entrada en vigor de la Ley de Amnistía al excluir la malversación que se le imputa del ámbito de aplicación de la medida de gracia- es un mandato directo a las Fuerzas de Seguridad del Estado.
"Los Mossos saben que tienen la orden de detenerle", apuntan las citadas fuentes, que señalan que Llarena lo dejó muy claro en la resolución en la que acordaba no aplicar la Ley de Amnistía al expresidente de la Generalitat, salvo en lo que hace referencia al delito de desobediencia (por el que también fue procesado después de la derogación del delito de sedición). Dado que esa orden sigue vigente, insisten, las Fuerzas de Seguridad "tienen la obligación de detenerle y ponerle a disposición judicial".
Es precisamente ese mandato conjunto, precisan, el que hace innecesario que el magistrado se vea obligado -si los Mossos no llevan a cabo ese arresto- a ordenar a Policía o Guardia Civil que procedan a la detención del líder de Junts. Ambos cuerpos policiales, subrayan, están igualmente obligados a detenerlo si tienen conocimiento de su paradero.
Tras negarse a amnistiar la malversación de Puigdemont -al equiparar la apropiación de fondos para financiar el "procés" con el enriquecimiento ilícito, supuesto que la ley excluye expresamente de su ámbito de aplicación, y concluir que su actuación afectó a los intereses financieros de la Unión Europea, otra de las excepciones de la medida de gracia-, el juez Llarena resolvió "mantener las órdenes nacionales de detención emitidas" contra Puigdemont y los exconsellers huidos Toni Comín y Lluís Puig "por su presunta responsabilidad como autores de un delito de malversación de
caudales públicos".
El instructor recordaba que la Ley de Amnistía "hace depender su retirada de que vengan referidas a acciones u omisiones comprendidas en el ámbito de aplicación de la amnistía y siempre que las órdenes hayan sido adoptadas contra personas a las que la norma les resulte también aplicable", algo que Llarena considera que no sucede en este caso respecto al delito de malversación.
Si la detención del expresident se produce finalmente, está por ver si su abogado, Gonzalo Boye, que se encuentra en el Parlament, planteará un "habeas corpus" para intentar frenar lo que considera una detención ilegal. Un procedimiento que dejaría en manos del juez de guardia de los juzgados de Barcelona la decisión sobre ese arresto, resolución que debe dictar en el plazo máximo de 24 horas desde que acuerde, si es el caso, tramitar esa petición. Tras escuchar a la Fiscalía y a la defensa de Puigdemont, y practicar en su caso la prueba propuesta, tiene que decidir si ordena su libertad o le pone a disposición judicial.
Es entonces cuando el juez Llarena reclamará a las Fuerzas de Seguridad que sea conducido al Tribunal Supremo para tomarle declaración, una comparecencia que precederá a la celebración de una vista para que las partes puedan proponer la adopción de medidas cautelares. Vox, que ejerce la acusación popular, ya ha anunciado que solicitará su prisión provisional, por lo que la decisión final está en manos de Llarena, que deberá ponderar el peligro de fuga (en el caso de Puigdemont más que acreditado), la gravedad de las penas (hasta doce años de prisión por el delito de malversación agravada) y el riesgo de reiteración delictiva.
Aunque el líder independentista debe agotar la vía judicial antes de acudir en amparo al Tribunal Constitucional (TC), lo que le abre la puerta a la solicitud de una suspensión cautelarísima de una eventual orden de prisión para evitar perjuicios irreparables en caso de que después la corte de garantías le dé la razón, la defensa del expresident puede forzar ese recurso para intentar frenar su privación de libertad. De pronunciarse sobre sus admisión a trámite se encargaría la Sala de Vacaciones del TC, presidida hasta el día 15 por la número dos del tribunal, Inmaculada Montalbán, y de mayoría progresista. Salvo que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, considere la cuestión de la suficiente trascendencia para que sea el Pleno el que se pronuncie, lo que obligaría a que los doce magistrados que lo componen deliberasen y resolviesen al respecto.