El pasado lunes Noelia , desde su habitación del Hospital Residencial Sant Camil de Sant Pere de Ribes, en Barcelona, escribió una carta de su puño y letra y pidió «seis meses más» para reflexionar sobre la eutanasia que había solicitado porque «quería irse a vivir con un familiar». Las dudas empezaron cuando le pidieron su consentimiento para donar sus órganos. Al día siguiente, volvió a cambiar y mantuvo su intención inicial, la de irse de este mundo con ayuda de los facultativos. Esa voluntad ya había sido valorada por el comité de expertos preceptivo y fue la posición que el abogado de la Generalitat defendió ayer ante la titular del Juzgado Contencioso Administrativo número 12 de Barcelona. El letrado de la Administración catalana mantuvo que el proceso había seguido todos los cauces pertinentes, que la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña es muy escrupuloso y que la paciente de 23 años en silla de ruedas que había pedido morir cumple todos los requisitos para que sea su voluntad. José María Fernández , letrado de la asociación provida Abogados Cristianos y representante legal del padre de Noelia, pone en solfa esa voluntad normalmente «cambiante»; de hecho cree que la joven, que padece trastorno bipolar, personalidad límite y que mantiene ideaciones suicidas y problemas mentales desde hace años, ha «ido y venido» manifestando sus deseos de morir y seguir viviendo en diversas ocasiones ante distintos amigos y parientes. Noelia carece de movilidad completa en las piernas por una lesión medular que sufrió al arrojarse en un intento suicida de un quinto piso en octubre de 2022 mientras hacía una videollamada con su madre. «No está en pleno uso de sus facultades mentales. Su consentimiento está viciado», porque experimenta continuos vaivenes en su estado de ánimo producto también de su cuadro psiquiátrico, considera el abogado. Por eso la familia de Noelia no presenta fisuras: quieren que el proceso se detenga. Aunque sus padres están separados, ayer fueron una piña y, de manera inédita, acudieron junto a las dos hermanas de Noelia para manifestarle a la juez los cuatro que querían declarar en favor de la vida de la joven. Porque hay que anteponer el tratamiento psiquiátrico a la eutanasia o el suicidio asistido, esgrimieron y así se transmite en su nombre por Abogados Cristianos. El padre de Noelia considera que la persona que solicita una eutanasia, tal y como recoge la ley, «debe poder tomar decisiones de forma libre, consciente informada » y que tales «requisitos no se cumplen en absoluto en el presente caso». Sostiene sobre su descendiente que «los trastornos mentales, que incluyen ideación suicida, ideas paranoides y el trastorno bipolar que sufre pueden afectar su capacidad para tomar una decisión sobre la eutanasia. Las enfermedades mentales graves pueden nublar el juicio y la capacidad de valorar adecuadamente las opciones disponibles». El argumento antieutanasia que invoca el progenitor para detener su ejecución es que su hija «no sufre una enfermedad grave e incurable o una condición crónica e imposibilitante que le cause un sufrimiento intolerable», que son las exigencias que marca la ley de la llamada muerte digna. También acreditó que ha modificado su opinión sobre la eutanasia en diversas ocasiones. En su demanda, el padre de Noelia también aportó informés médicos y pidió que compareciesen ante la juez la médica y la psicóloga que evalúan a su hija desde hace años. La decisión estaba ayer sobre la mesa de la juez. No exenta además de un espinoso debate ético. Y por segunda vez, porque la Fundación Española de Abogados Cristianos pidió una medida cautelarísima para detener la eutanasia prevista para el viernes 2 de agosto de la semana pasada. La magistrada de Barcelona concedió esa medida y decretó tres días de 'impasse' para que acudieran ayer a su tribunal miembros de la Fiscalía, representantes de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña y de Abogados Cristianos, que representa a la familia. Tras escuchar a las partes, la magistrada planteó una cuestión de competencias en favor del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para preguntarle qué órgano debe pronunciarse sobre este caso: si su propio juzgado o la máxima instancia judicial catalana, el TSJC. Este tipo de demandas se plantean ante la jurisdicción contencioso administrativa porque es la vía judicial apta para impugnar las acciones u omisiones de la administración pública. Según fuentes consultadas por este periódico, el TSJC puede pronunciarse sobre este caso al regresar al curso judicial oficialmente en tres semanas, aunque el letrado Fernández barajó ayer que lo haga incluso antes y se pronuncie «en una o dos semanas», dada la delicadeza del asunto. No obstante, reconoció que no existe un límite máximo para tomar la resolución, y se podría demorar. También puede ocurrir es que el Tribunal Superior devuelva la causa a la juez del contencioso y le diga que sí es competente para resolver. «Es poco probable que lo devuelva al juzgado», aducen esas fuentes, quienes añaden que ahora, además, se va a unir un segundo procedimiento en el mismo juzgado de otro joven al que se le autorizó la eutanasia y cuya familia se opone igualmente. El caso de Noelia es tan novedoso, señaló también Fernández a la salida de la vista concertada ayer en los juzgados de la capital catalana, que sería la primera vez que un togado decide paralizar o detener un proceso ya autorizado por los sanitarios, juristas y expertos en Bioética. Plantea el debate que ya suscitó la ley antes de su aprobación, hace ahora tres años y un mes, con todas las dificultades evidentes y trae a la luz la jurisprudencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo sobre estos casos, que incide en la importancia de asegurarse de que las decisiones sobre el final de la vida se tomen de manera libre, consciente e informada. La plataforma cristiana recoge esa jurisprudencia en su argumentario presentado ante la juez para que no se dé luz verde a la muerte asistida de Noelia. «Conceder la eutanasia a una persona con graves trastornos mentales es un acto de maleficencia», apuntillan.