Abandonar el "nido" y emanciparse es el sueño de muchos jóvenes en nuestro país, sin embargo, independizarse es cada vez más complicado para la mayoría, ya que no solo es inaccesible comprar, sino también alquilar. Los precios del alquiler no dan un respiro, y es que en el mes de julio, el alquiler de vivienda se encareció un 9% frente al mismo mes de 2023, hasta establecerse en 12,65 euros por metro cuadrado. Esto implica que la renta de una vivienda media de 80 metros cuadrados cuesta unos 1.012 euros mensuales, según el portal inmobiliario Fotocasa.
Aunque este escenario hace que independizarse siendo joven sea un sueño más que una realidad, hay algunos de ellos que consiguen convertirse en inquilinos, bien por sus propias capacidades económicas o porque se van a estudiar fuera de casa. En este sentido, durante el curso pasado, más de 1,7 millones de estudiantes integraron el Sistema Universitario Español, de los cuáles, el 60% se trasladó a otras provincias para poder estudiar, según datos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Pero, ¿puede un menor de 18 años firmar un contrato de alquiler por su cuenta?
A pesar de que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no indica nada al respecto, el artículo 1263 del Código Civil establece que los contratos con menores de edad son declarados nulos, dado que estos están protegidos ante el sistema jurídico, por lo que no podrán firmar este documento por su cuenta de forma legal. En el caso de que quieran alquilar un inmueble, estos necesitarán el consentimiento y una autorización por escrito de sus padres o de sus tutores legales, siendo estos quienes deberán firmar el contrato de arrendamiento en representación de los menores."Deberán ser los progenitores o tutores legales los que, en representación legal del menor, firmen el contrato de alquiler durante el tiempo que dure su menoría de edad. Además, esta autorización debería quedar plasmada por escrito y dentro del contrato", explica el portal inmobiliario.
Sin embargo, existe una excepción a la norma. Los menores de edad considerados emancipados legalmente –que tengan entre 16 y 18 años–, por decisión judicial o al contar con el consentimiento de sus padres, sí que podrán firmar un contrato válido y alquilar una vivienda sin el consentimiento previamente mencionado, según sostiene la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA).