La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó los montos máximos que podrán tenerse en una billetera virtual sin que estas deban informar sobre datos de Declaraciones Juradas (DDJJ) y el perfil del contribuyente, para justificar los saldos y las transferencias realizadas.
El organismo fiscal lleva a cabo un control sobre las transacciones, saldos y consumos de las cuentas virtuales como bancarias, con el objetivo de garantizar la transparencia en el sistema financiero.
En este marco, estableció los límites de dinero que podrán poseer en la plataforma al finalizar el mes. De lo contrario, deberán justificar los montos frente a la AFIP.
Las billeteras virtuales, como Mercado Pago, Modo o Cuenta DNI, cobraron una gran relevancia en el último tiempo, al ser una gran alternativa al dinero físico a la hora de realizar una compra o una transacción. Sin embargo, tienen ciertas reglamentaciones en su uso.
Las billeteras virtuales están obligadas a informar sobre dinero en cuenta, transferencias y consumos a AFIP cuando "el saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado resulten iguales o superiores en el mes, en valores absolutos, a $ 700.000".
Asimismo, en caso de tratarse de montos expresados en moneda extranjera, moneda digital o criptomoneda, los titulares de la cuenta deberán efectuar la conversión a la moneda de curso legal y sostener el mismo límite de dinero.
El organismo previsional también reglamentó los montos máximos que se podrán transferir por medio de la billetera virtual tanto a familiares, amigos como otras entidades.
De acuerdo a lo detallado por AFIP, "los montos totales de los ingresos y egresos en las mencionadas cuentas, expresados en pesos argentinos, siempre que sean iguales o superiores a $ 400.000".
No obstante, solamente deberán informar la procedencia del dinero en el caso de que la transferencia bancaria o virtual supere los $ 1.400.000. Allí, deberá detallarse el tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU o CVU utilizada y el monto transferido en pesos.
¿Cómo informan las billeteras virtuales sobre saldos, movimientos y consumos a la AFIP?
Las billeteras virtuales tienen hasta el día 15 del mes siguiente al período mensual informado para poder presentar la información mediante alguna de las siguientes opciones:
Solo en el caso de que AFIP encuentre inconsistencias, es probable que la administración fiscal le notifique al contribuyente vía mail la situación para que pueda presentar los documentos que expliquen los movimientos como, por ejemplo, recibos de sueldo, facturación de los últimos 6 meses, comprobantes de haberes jubilatorios, etc.
Si las transferencias no justificadas pasan a ser consideradas como ingresos no declarados, la AFIP podría aplicar impuestos o multas adicionales por estos montos.