La reforma de las pensiones en España se ha vuelto necesaria para asegurar la viabilidad del sistema de seguridad social debido al envejecimiento de la población y a los cambios económicos. Esta reforma nueva reforma, anunciada esta semana por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, busca garantizar que las pensiones sean suficientes y justas, adaptando la edad de jubilación, los periodos de cotización y la forma en que se actualizan las pensiones para que el sistema sea sostenible a largo plazo y beneficie tanto a los actuales como a los futuros jubilados.
Este acuerdo social, sellado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, los sindicatos y la patronal, tiene como objetivo "garantizar el tránsito hacia una jubilación flexible y adaptada a cada una de las personas", así como permitir que la mutuas aprovechen mejor sus recursos. De esta manera, estas son las claves de la nueva reforma de las pensiones:
Uno de los puntos que incluye el nuevo acuerdo es la reforma en las bajas médicas laborales. Con esta nueva ley, los médicos y facultativos de Atención Primaria de la Sanidad Pública podrán derviar a los pacientes que se encuentren de baja laboral y que deban realizarse pruebas diagnósticas y rehabilitación, incluidas las cirujías, a las mutuas.
No obstante, el acuerdo recoge que esta derivación se podrá producir cuando la baja supere el tiempo óptimo recomendado, previa autorización del paciente que podrá ser retirada en cualquier momento. Además, la reforma también es clara: “las bajas, confirmaciones de baja y altas médicas continuarán siendo emitidas por los facultativos de los servicios públicos de salud”.
El acuerdo de reforma de las pensiones recoge una mejora en la cotización de los fijos discontinuos, ya que a partir de ahora su periodo de cotización se calculará con un coeficiente multiplicador del 1,5 para acceder a la jubilación, incapacidad permanente y pensiones de viudedad u orfandad. Ello supone que, por ejemplo, 12 meses cotizados equivaldrán a 18 meses a efectos de las prestaciones anteriormente mencionadas.
Otro de los puntos clave de la nueva reforma aborda las demandas de jubilación anticipada sin penalización alguna para los colectivos que desarrollen su jornada laboral en puestos cuya actividad sea penosa, tóxica o peligrosa.
Con esta nueva norma se abandonará la negociación por sector y se implementará un procedimiento común estándar que evaluará tres indicadores: la incidencia de bajas laborales, la frecuencia de sucesos graves que acaben en fallecimientos o incapacidades permanentes y la duración media de los procesos de baja.
Tal y como indican desde la Seguridad Social, la intención del Ejecutivo es “que el momento de la jubilación sea menos abrupto y más gradual”. Para ello, el nuevo acuerdo incluye cambios en la jubilación parcial, que ahondan en la posibilidad de que el trabajador se reduzca progresivamente la jornada laboral cuando alcanza la edad legal de jubilación sin que su pensión se vea perjudicada. Además, la jornada abandonada por el trabajador podría verse suplida por un trabajador de relevo que disfrutará de un contrato a tiempo completo e indefinido.
Por ello, a partir de ahora la edad de jubilación anticipada podrá anticiparse tres años (uno más de lo permitido hasta ahora), y el primer año solo se podrá reducir la jornada entre un 20% y un 33%, mientras que a partir del segundo año podrá ser de entre el 25% y el 75%.
Estos incentivos tienen como objetivo que los trabajadores prologuen su vida laboral a cambio de mejorar las condiciones que existen para la jubilación tardía. En este sentido, la novedad es que ahora estos incentivos serán compatibles con la jubilación activa, cosa que antes no ocurría.
De esta manera, los que decidan retrasar su jubilación podrán incrementar su pensión hasta un 4% anual pero, a partir del segundo año de demora de la jubilación, este incentivo se calculará de manera semestral al añadir un 2% cada seis meses.