Este martes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) flexibilizó las condiciones para ingresar al blanqueo con el objetivo de sumar más adhesiones al llamado Régimen de Regularización de Activos incluido en el paquete fiscal.
A través de la Resolución General 5528/2024 publicada en el Boletín Oficial bajo la firma de Florencia Misrahi, titular de la AFIP, la entidad aclaró y simplificó algunos aspectos del blanqueo que reglamentó hace poco más de una semana.
En busca de sumar más adhesiones y reforzar la recaudación fiscal en las primeras etapas del régimen -las que ofrecen mayores beneficios- AFIP habilitó el ingreso al programa a quienes tienen su CUIT con limitaciones por los siguientes incumplimientos:
Por otro lado, el organismo publicó las constancias y documentos que deben presentar quienes se adhieran al régimen según el tipo de activo que declaren y si están ubicados en Argentina o en el exterior.
Según marcó la AFIP, este paso es necesario para acreditar la titularidad y valuación de:
Así, "los interesados podrán preparar los antecedentes necesarios para su adhesión con la debida antelación, brindando un marco de seguridad a la exteriorización y evitando futuros cuestionamientos sobre la tenencia y el valor de dichos bienes", destaca AFIP.
Quienes deseen acceder a la restitución de la residencia fiscal en la Argentina que ofrece el blanqueo deberán seguir los siguientes pasos que marca AFIP:
Uno de los puntos destacados del blanqueo es que, de mantener el dinero en el sistema financiero nacional hasta el 31 de diciembre del 2025, será posible "regularizar cualquier monto sin costo".
Esta plata también puede invertirse en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía, entidad que aún debe dar detalles sobre esto.
Además, AFIP marcó que "tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta u$s 100.000".
Se podrán blanquear capitales radicados tanto en el país como en el exterior, para residentes y no residentes, y alcanzará los siguientes bienes:
Cabe señalar que esta será la última oportunidad de acceder a un blanqueo hasta el año 2038, ya que la reglamentación establece una prohibición de ingreso a posibles nuevos regímenes futuros en caso de haber ingresado en esta oportunidad.
Desde el jueves 18 de julio, la AFIP ya habilitó la posibilidad de presentar la manifestación de adhesión al blanqueo, la cual se mantendrá abierta hasta el 31 de marzo de 2025, inclusive.
Es importante destacar que, cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Estas se dividen en tres etapas: