Las pensiones contributivas, como es el caso de la pensión
de jubilación, se calcula en función del sueldo que cada trabajador haya
cotizado a lo largo de su vida laboral. Por eso, hay jubilados que tienen
pensiones más elevados, en función del sector en el que trabajaron. Su salario
y su base de cotización eran más elevados y, por lo tanto, también lo es la
cuantía de su pensión.
En nuestro país, hay un sector en particular que cuenta con
un Régimen Especial de Seguridad Social y que obtiene una pensión mucho más
grande que la pensión de jubilación media española, que se sitúa en 1.439,1
euros, de acuerdo a los datos aportados por el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones.
Los jubilados que pertenecen a este régimen especial reciben este 2024 una pensión media de 2.792,9 euros al mes. Esto significa que su pensión es casi 1.200 euros más alta que la pensión media de los jubilados del régimen general. En concreto, los trabajadores que están incluidos dentro de este Régimen Especial de la Seguridad Social son los del sector de la minería del carbón que se dedicasen a las siguientes actividades:
Es importante matizar que no todos los trabajadores del
sector de la minería se benefician de esta pensión tan alta. Son únicamente los
que trabajaron por cuenta ajena prestando sus servicios a empresas que
realizasen las actividades anteriormente mencionadas, quienes reciben una
pensión de casi 2.800 euros al mes.
El Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón también permite una reducción notable en la edad de jubilación, según el tiempo trabajado en alguna de las actividades mencionadas anteriormente. Sin embargo, el límite mínimo de edad contemplado en este régimen especial es de 52 años.
Para calcular la reducción que corresponde en cada caso, es
necesario aplicar coeficientes específicos según la categoría profesional y el
tiempo trabajado. Así, se aplica un coeficiente de 0,50 para picadores y
barrenistas; 0,40 para posteadores y mineros; 0,30 para técnicos y vigilantes;
0,20 para otras categorías de interior y trabajadores trasladados al exterior;
y 0,05 para otros trabajadores de exterior.
Esta reducción y su cómputo también se aplican a
trabajadores que, habiendo estado en el Régimen Especial de la Minería del
Carbón, se jubilen en otro Régimen de la Seguridad Social. Esto asegura que los
beneficios de la reducción de la edad de jubilación se mantengan aún si el
trabajador cambia de régimen de la Seguridad Social antes de jubilarse.