Insiste en que la declaración debería producirse por escrito y lamenta que el juez dilate los trámites para que la Audiencia Provincial se haya podido pronunciar antes de que se produzca la declaración
El juez rechaza que Pedro Sánchez declare por escrito y mantiene su testifical en la Moncloa
La Fiscalía ha recurrido nuevamente la decisión del juez Juan Carlos Peinado de tomar declaración al presidente del Gobierno en persona en un escrito en el que se queja de que el magistrado retrase los trámites para que la Audiencia de Madrid pueda resolver los recursos que el propio Ministerio Público y las defensas presentan contra las decisiones del instructor antes de que éste las lleve a cabo.
El fiscal del caso comienza su escrito asegurando es “consciente de la escasa incidencia” que tendrá en la toma de declaración mañana del presidente del Gobierno. Y, en este sentido, aprovecha para quejarse de la lentitud de Peinado para dar traslado a las partes, que se posicionen, rechazarlos y que las defensas y la propia Fiscalía pueda acudir a la instancia superior.
“Si el tiempo y margen para recurrir de forma real y efectiva era ya estrecho, el hecho de no realizar e impulsar las actuaciones necesarias de tramitación de los referidos recursos en los días posteriores, aboca a los mismos a su ineficacia, al ser inminente la celebración del acto a que se refiere”, escribe el fiscal.
La Audiencia de Madrid fijó la semana pasada el 30 de septiembre para deliberar y resolver sobre el recurso nuclear de Fiscalía y defensa, el que pide a la instancia superior que recuerde a Peinado hasta donde puede investigar, algo que ha excedido sin fundamento, alegan. Ese recurso fue interpuesto dos semanas antes que el correspondiente a la declaración de Sánchez. La Audiencia de Madrid resuelve por orden de entrada, por lo que no será hasta al menos octubre cuando se pronuncie sobre la citación de Sánchez, que tendrá lugar inexorablemente mañana martes.
“En nuestra opinión, reiteramos, la diligencia no es necesaria para investigación, no resulta útil, ni es pertinente ni necesaria, atendiendo a la finalidad que manifiesta perseguir. Y que, en cualquier caso, de forma subsidiaria, procedería la declaración por escrito conforme a lo dispuesto en el artículo 412.2 LECRIM”, escribe el fiscal. Tanto él como la defensa considera que la declaración de Sánchez es indisoluble de su condición de presidente del Gobierno y, por tanto, debe producirse por escrito.
Además, la Fiscalía se sorprende de que el primer recurso presentado por esta cuestión ante Peinado haya sido resuelto por un juez sustituto, el pasado viernes, cuando el juez podría haberse pronunciado personalmente este mismo lunes, cuando regresaba de los días de asueto que había tomado.
“Parece también lógico que, si la resolución judicial sobre la forma de declaración del Presidente del Gobierno la dicta el Magistrado juez titular, sea el mismo quien decida en cuanto a la concreta petición realizada por aquél, en la que el matiz entre uno y otro modo de declarar está ligado a las concretas circunstancias de los hechos que se dice se investigan y el supuesto delito en cuestión (el conocimiento de hechos por razón de su cargo), suponiéndose a aquél en mejor condición y con mayor conocimiento del asunto para afrontar la decisión, toda vez que se trata de una cuestión relevante y no de mero trámite”, añade.