Los bancarios acordaron con las empresas del sector un aumento en sus paritarias para empardar el ajuste de los salarios con la inflación de forma tal de recuperar el poder adquisitivo perdido en 2024. El mecanismo contempla el reconocimiento de los puntos perdidos frente a la suba del IPC en la primera mitad del año y su aplicación a todas las remuneraciones, incluyendo adicionales.
"Una vez más, desde la Asociación Bancaria garantizamos la aplicación de los índices inflacionarios mensuales para que los trabajadores/as bancarios/ias no pierdan contra la inflación, salvaguardando el poder adquisitivo de nuestros representados/as", señala el comunicado difundido desde La Bancaria, el gremio que conduce Sergio Palazzo.
La negociación que terminó de cerrarse hoy según informaron desde el gremio contiene dos puntos de entendimiento. En primer lugar, un aumento salarial equivalente a la inflación del mes de junio que se aplicará sobre los sueldos de mayo. El objetivo es que los salarios no queden desfasados de la curva de aumentos en el coso de vida.
En segundo lugar, se deberá abonar la diferencia entre la inflación acumulada en el período enero-junio de 2024, que equivale a 79,8%, tomando como referencia los sueldos de diciembre de 2023 y los incrementos que ya se otorgaron en lo que va del año y que ascienden a 71,9%.
Según informaron desde La Bancaria, el monto resultante de esa diferencia, unos ocho puntos, se saldará con los salarios de julio. De esta forma, las y los trabajadores del sector habrán empardado una vez más sus ingresos con la inflación.
La Asociación Bancaria ya había cerrado en junio un acuerdo para todos los trabajadores afiliados a su sindicato basado en la inflación de mayo y tomando como base la escala salarial de abril, que colocaba el mínimo Convenio Colectivo 18/75 por encima de $ 1.200.000 en total.
Aquel nuevo ajuste también comprendió algunos adicionales no remunerativos como el bono que se paga por el Día del Bancario cada 6 de noviembre.
El comunicado oficial señala que la actualización se aplicará sobre "todas las remuneraciones mensuales brutas, normales, habituales y totales tanto remunerativas como no remunerativas incluidos los adicionales convencionales y no convencionales".