A pedido del Equipo Especial de Fiscales del Caso Lava Jato, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacionales evaluó en audiencia pública, si como plantea la fiscalía, la líder de Fuerza Popular, Keiko Fujimori debe regresar a prisión preventiva por viajar al extranjero sin autorización judicial. y mientras dure el juicio del caso Cócteles.
Luego del debate, los jueces integrantes de la Sala de Apelaciones: Iván Quispe Aucca (presidente), Edgar Medina Salas y María Guillén Ledesma, dejaron el caso al voto.
En el debate jurídico y de hechos, realizado vía teleconferencia, participaron por el Ministerio Público, el fiscal superior y coordinador del Equipo Especial, Rafael Vela y la abogada defensora de Fujimori Higuchi, Giulliana Loza.
Keiko Fujimori estuvo conectada escuchando. Los jueces le dieron la oportunidad de decir algo a su favor, pero solo indicó estar conforme con lo expuesto por su abogada.
El fiscal Vela no respondió una pregunta clave que le hizo el juez Edgar Medina. Si el pedido de prisión preventiva tiene como objetivo asegurar el sometimiento de Keiko Fujimori al juicio del caso Cócteles y este proceso puede llevar varios años,
La opinión generalizada es que el juicio del caso Cócteles puede demorar de tres hasta más de cinco años, por lo que, en caso de imponerse una prisión preventiva que duraría máximo tres años, Fujimori estaría en libertad para cuando llegue el momento de que se dicte el veredicto e igual se podría fugar, si lo desea.
, bajo la premisa de que la Corte Penal Superior Nacional ya es un sistema a dedicación exclusiva a casos complejos.
Durante su alegato, Vela cuestionó que el 12 de junio de 2023, el juez Víctor Zúñiga Urday rechazará un pedido de la fiscalía para imponer prisión preventiva a Keiko Fujimori y ratificó que la líder fujimorista, desde el 31 de mayo de 2023, no tenía la obligación de pedir autorización judicial previa para salir del país.
El fiscal insistió que para la fiscalía las reglas que debería cumplir Keiko Fujimori son las establecidas en abril de 2020 por la Sala de Apelaciones Nacional y que el juez las había variado, en mayo de 2023, sin una debida justificación, con lo cual, dijo, Keiko Fujimori podía salir del país en cualquier momento para evadir el juicio público y una eventual condena.
Vela subrayó que el juez había variado las reglas de conducta bajo la definición de equiparar las obligaciones jurídicas de todos los procesados en el caso Cócteles, aprovechando un pedido del fiscal José Domingo Pérez para endurecer la comparecencia restringida, ante el próximo juicio público.
En respuesta, Giulliana Loza indicó que Keiko Fujimori siempre ha cumplido las reglas de conducta que se le han impuesto y que viajó al extranjero luego que la Sala de Apelaciones revocó el impedimento de salida del país y lo realizó sin autorización del juez, pues desde el 31 de mayo de 2023 se había revocado esa medida restrictiva.
Además, enfatizó que la fiscalía recién en mayo de 2024 cuestiona una resolución que se había expedido un año antes y que que desde junio de 2023, Fujimori ha venido viajando fuera de Lima, con destino al Callao, Cusco, Lima Provincias y otros lugares del país, sin que la fiscalía pidiera que se cumpliera la autorización previa.
La respuesta del fiscal Vela fue cuestionar la resolución de mayo del 2023, que ya no se puede revisar, y no la resolución de junio de 2024, que había apelado.