Los gremios de la AFIP finalmente activaron por vías separadas la acción judicial para frenar, con una medida cautelar, el recorte a sus salarios a través de la modificación a la denominada Cuenta de Jerarquización dispuesta por el Gobierno. Al amparo presentado por el Sindicato Único del Personal Aduanero de la República Argentina (SUPARA) contra la disposición 64/2024 del organismo alegando su carácter inconstitucional, la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP) replicó con una acción similar el viernes último.
En lo que resta del mes, los gremios apuestan su estrategia a la vía judicial mientras la acompañan con asambleas internas en el organismo. El receso invernal, entienden, juega en contra de generar volumen para cualquier otro tipo de acción. Y en el medio se define también la reestructuración de la Dirección de Recursos de la Seguridad Social con el traslado del 80% de sus trabajadores y trabajadoras.
La última presentación judicial, a cargo de AEFIP, se radicó ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 57 con el expediente N° 27004/ 2024. La primera, de SUPARA, lleva como rótulo el N° 23900/2024 y se encuentra en el juzgado N° 68 del mismo fuero. Uno y otro podrían converger en una misma resolución ya que apuntan a denunciar el carácter inconstitucional de la medida dispuesta el 6 de junio pasado con efecto retroactivo al 1 de mayo. Ese fue el pedido de los dirigentes de AEFIP y lo primero que deberá resolver la Justicia, si acumula ambas causas.
En los gremios no descartan una versión que estuvo circulando respecto a la intención del nuevo ministro Federico Sturzenegger de reducir aún más -o eventualmente eliminar la Cuenta de Jerarquización- ya que no es la primera vez que se escucha esa idea respecto al refuerzo salarial -e incentivo profesional- que se fijó en 2001. Más aún cuando el anticipo del Presupuesto 2025 que difundió el Gobierno anticipa la voluntad de revisar los convenios sectoriales y entre las facultades del nuevo titular de Desregulación y Transformación del Estado figura la misión de relevar la administración nacional de forma transversal.
Los dirigentes de AEFIP ya habían presentado una carta documento el 24 de junio pasado intimando el pago de las diferencias salariales que resultaba de reducir el porcentaje de la Cuenta de Jerarquización. Ante la falta de respuestas, decidieron confluir en una estrategia similar con SUPARA que ya había dado curso a su acción legal un día más tarde de aquella intimación.
Desde la AFIP, quienes tomaron cartas en el asunto son los abogados de Contencioso del Ministerio de Economía ante la posibilidad de un conflicto de interés ya que ellos mismos son beneficiarios de esa distribución salarial. De momento, solo en el expediente que tramita por la presentación del SUPARA: según pudo recabar El Cronista, presentaron un informe acorde a lo que fija la ley de medidas cautelares. En el juzgado donde quedó radicada la acción de AEFIP aún no había novedades al momento de escribir esta nota.
A diferencia de la postura que adoptaron frente a las reformas en la estructura de la AFIP, mucho más prudente y a la expectativa, ninguno de los dos gremios está dispuesto a dar marcha atrás en relación al ajuste que sufrieron los salarios con la reducción del porcentaje de la tasa variable dependiente de la recaudación, a través de la disposición 64/2024. Esto era un incentivo para la labor de quienes se ocupan de velar por la correcta y completa recaudación de los tributos, que ya había sufrido una poda del 0,72% original a 0,65% con Mauricio Macri.
Más tarde, en el gobierno de Alberto Fernández, y bajo la gestión del actual diputado Carlos Castagneto, se recuperaron unos puntos y se ubicó en 0,68%. Pero la actual administración -con parte del mismo plantel de la era Cambiemos- lo retrotrajo otra vez al 0,65%.
Esta reducción salarial de hecho se suma a la licuación de los salarios públicos que siguen congelados desde febrero pasado, cuando se propuso el último porcentaje de recomposición, un 8%. Tras el rechazo de AEFIP, el Gobierno retiró la oferta. En la última reunión no presentó propuesta y, en cambio, anunció la reducción de la Cuenta de Jerarquización. A la par, dispuso una poda al personal jerárquico del organismo a través de la disposición 44/2024, del 10 de mayo último.
Con la firma del secretario general de AEFIP, Pablo Flores, y los representantes legales Abel de Manuele y Carlos María Lucero, el reclamo por una acción "expedita y rápida" se fundamenta en el hecho de que "lesiona, restringe, altera y amenaza con arbitrariedad manifiesta, derechos y garantías de los trabajadores" en tanto la Cuenta de Jerarquización se computa como un rubro variable dentro de la remuneración.
"La cuenta de jerarquización es 'salario', integra las remuneraciones en forma habitual, mensual y permanente, está sujeto a aportes y contribuciones, se computa para la determinación del sueldo anual complementario, el plus vacacional, todas las indemnizaciones establecidas en el Convenio Colectivo de Trabajo - LAUDO 15/91 (T.O. Resolución S.T. N. 925/10), y LCT, esta última complementaria del convenio de la actividad", apuntan en el expediente.
Y destacan, como agravante, que "se dispuso de manera unilateral su aplicación retroactiva, circunstancia que acrecienta su ilegalidad", ya que fija su rango de acción con fecha 1 de mayo. Desde el Gobierno explican que se hizo de ese modo porque en junio se cobra la recaudación del mes anterior, de ahí las fechas para que el efecto fuera inmediato.
Algunos de esos puntos ya habían sido expuestos por SUPARA en su presentación judicial que además hizo foco en otros aspectos de la disposición impugnada, como que había modificado la letra original de estas normativas allí donde reporta el visto bueno de los gremios de la AFIP mediante un acta-acuerdo ante cualquier medida que afecte los salarios. "La modificación in pejus ha sido dispuesta de modo unilateral por el empleador, según dice tal vez abusando de su rol de Estado-Empleador sin estar acompañada de consentimiento alguno por parte de los trabajadores o la entidad sindical que los representa", señala
Asimismo, rechaza el argumento de la política de equilibrio fiscal a la que alude la disposición que reduce la Cuenta de Jerarquización como fundamento para afectar los salarios que están preservados por la Constitución. "No es el fondo de jerarquización de los trabajadores el que debe remediar el déficit fiscal ya que es norma del derecho laboral la intangibilidad de los salarios, y no se puede afectar los mismos con el objeto de hacer ahorro y austeridad", señalan desde SUPARA.
Y advierte sobre las consecuencias de disponer de este ajuste a los ingresos cuando traen consigo impactos inmediatos sobre el poder adquisitivo de sus beneficiarios que inciden sobre sus derechos. "La disminución del fondo de jerarquización de los trabajadores, produciría efectos irreversibles pues la reducción de sus salarios, de naturaleza alimentaria, no podrían ser remediados posteriormente", concluye.
En el Gobierno responden a estos dos argumentos. Afirman que la medida es constitucional por cuanto figura entre las prerrogativas de la AFIP el definir el porcentaje de recaudación que nutre esa Cuenta de Jerarquización. Y respecto a un acuerdo con los gremios, si bien definen el vínculo como "bueno", subrayan que la consulta y firma de un acta no es una obligación sino una decisión política, en última instancia, de cada administración.
Por último, ponen sobre la mesa un fundamento más para defender la postura de las autoridades de la AFIP y, por vínculo directo, el propio Ministerio de Economía. "Las agrupaciones sindicales no pueden representar la afectación de intereses individuales en términos de demanda colectiva", sostienen.
Citan el reciente fallo adverso del fuero Contencioso Administrativo Federal contra un amparo colectivo presentado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal contra resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la ley antilavado que incluyeron a los abogados como sujetos obligados para informar operaciones sospechosas de sus clientes.
La denominada Cuenta de Jerarquización es un instrumento común en los órganos recaudadores de diversos países y funciona como un estímulo y un premio profesional. Se trata de un porcentaje sobre la recaudación general que se divide entre todas las y los trabajadores del organismo y que se cobra a mitad de mes. En el caso de la AFIP, representa poco más de la mitad del componente salarial. Los tres puntos de ajuste a la baja impactan sobre el 10 a 12% de la paga mensual de las y los trabajadores.
Por el art 16 del Decreto N 1399/01 la AFIP creó la "Cuenta de Jerarquización" facultando a la Administración Federal a poder acreditar en ella hasta el 0,75% del importe de la recaudación previsional y tributaria. Establecía que porcentual de los recursos recaudados "se distribuirá entre todo el personal dependiente, mediante un sistema que considera la situación de revista, el rendimiento y la eficiencia de cada uno de los agentes, con criterios de distribución, fijados por el Ministerio de Economía de la Nación".
Por su carácter autárquico, la AFIP "fue modificando los porcentajes de apropiación de manera razonable, pero en la disposición que se impugna el porcentaje de apropiación resulta ser tan bajo, que acarreara evidentemente una merma en la cuenta de jerarquización de los agentes, es decir cobrarán menos de lo que les corresponde porcentualmente lo que de ninguna manera puede admitirse, puesto que los salarios de los trabajadores son intangibles", señala la presentación legal de AEFIP.
Poco después de conocerse la disposición, ambos gremios habían emitido un duro comunicado de rechazo. "Las entidades gremiales destacamos que esta decisión no obedece a un déficit presupuestario del organismo, resultando -además- discriminatorio de la política salarial del resto del Sector Público Nacional", esgrimieron ambos gremios en aquel momento. Y añadieron: "Se implementan políticas de licuación de salarios en un Organismo que cumple un rol estratégico en la ejecución de las políticas económicas del Estado Nacional."
Con la publicación del decreto 559/2024 que modifica la estructura interna de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el gobierno de Javier Milei ejecutó finalmente un plan sobre el que venía trabajando desde hace meses y que los gremios del organismo seguían con particular preocupación. El plan había sido primicia de El Cronista en mayo pasado.
En rigor, el DNU con siete artículos y tres anexos que reforma la arquitectura de la AFIP para llevarla casi a su modelo pre-2001, empezó a circular ayer entre los dirigentes gremiales. La ingeniería, según detallaron desde el mismo organismo, contempla el achique de la tercera pata del organismo, la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social (DGRSS), y el traslado de sus tareas de fiscalización a la Dirección General Impositiva (DGI).
En el Gobierno lo presentaron como una decisión que va en línea con la reducción del salario al personal jerárquico en un intento no solo de ahorrar recursos pero también eficientizar su funcionamiento.
La motosierra pasa además por tres subdirecciones generales y rangos jerárquicos, con la finalidad de encauzar a la AFIP hacia un nuevo modelo de organización interna a partir de la "desburocratización y simplificación" de sus áreas. La conducción actual, en manos de Florencia Misrahi, entiende que facilitará el control sobre los desafíos que se vienen con la Ley Bases en torno a la regularización de mano de obra y el blanqueo de capitales.
Acorde al nuevo organigrama, Aduana queda con Control Aduanero, Operaciones Aduaneras del Interior, Operaciones Aduaneras Metropolitanas y el área legal; la DGI queda con Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales; Operaciones Impositivas del Interior; Operaciones Impositivas Metropolitanas y el sector técnico legal.
Por fuera, dependiendo directamente de la cúpula, queda el sector de Administración Financiera, Asuntos Jurídicos, Auditoría Interna, Fiscalización, Planificación y Coordinación Institucional, Recaudación, Recursos Humanos, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones, en paralelo a la Dirección General y la Subdirección General.
En un contexto de despidos masivos desde el Estado, semejante ajuste enciende las alarmas en la dirigencia gremial dentro de la AFIP. Al margen de las negociaciones paritarias que siguen congeladas, la prioridad de los gremios estaba puesta en la antesala de estos cambios en garantizar las fuentes laborales.
"Desde la conducción nos aseguraron que no se afectarían las fuentes de trabajo. Y las funciones de control se van a mantener. Esto último también lo tenemos presente: cuánto puede verse comprometida la fiscalización del empleo no registrado es también una duda. Por ahora, el compromiso de ellos es que no", señaló a El Cronista uno de los referentes gremiales dentro de la AFIP.