Este jueves, tras su paso por el Senado, la Cámara de Diputados volverá a tratar el paquete fiscal con cambios al Monotributo junto a la Ley Bases, donde ambos proyectos recibieron distintas modificaciones.
En particular, el Gobierno sufrió un duro revés en la Cámara Alta con el proyecto de reforma fiscal, dado que los legisladores rechazaron las modificaciones propuestas tanto sobre el Impuesto a las Ganancias como sobre el Impuesto a los Bienes Personales.
Sin embargo, en cuanto a estos dos puntos, este martes Diputados resolvió en comisión insistir sobre el proyecto original, por lo que hoy la Cámara Baja volverá a votar en busca de restituir los cambios en Ganancias y Bienes Personales.
Por fuera de esto, los legisladores mantendrán prácticamente todos los cambios introducidos por el Senado excepto el artículo 111 del Título VIII -Otras Medidas Fiscales- del paquete fiscal, el cual trata sobre los regímenes especiales como el de Tierra del Fuego, sobre el que Diputados insistirá también.
Uno de los títulos que el Senado sí aceptó de entrada es el de reforma del Monotributo, por lo que se espera que este jueves Diputados confirme los amplios cambios sobre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Entre estos, se cuenta una fuerte suba de los montos de facturación de entre un 301 y un 401% y un alza en las cuotas, entre otras novedades: uno por uno, todos los detalles.
Dado que Diputados ya aprobó en primera instancia los cambios sobre el Régimen Simplificado del Monotributo y que el Senado también los habilitó -exceptuando el artículo sobre el Monotributo Social- se espera que este jueves la Cámara Baja confirme finalmente la reforma.
Los cambios, dispuestos en el paquete fiscal, se explicitan en el Título 6 de este: cuáles son las seis claves de las modificaciones al Monotributo según el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez:
Actualmente, los monotributistas que se dedican a actividades de obras, locaciones y prestaciones solo pueden entrar al Régimen hasta la categoría H, mientras que para venta de bienes se puede ingresar hasta la categoría K.
El paquete fiscal elimina esta discriminación y, ahora, "todos los pequeños contribuyentes con actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios también podrán adherirse y/o mantenerse en el régimen si encuadran en los parámetros hasta la categoría K", explica el especialista.
En base al paquete fiscal, los montos de facturación aumentarán entre un 301 y un 401%, según la categoría. Mientras tanto, "el monto de los alquileres devengados anuales aumentará del 211% al 309%", señaló Domínguez.
Finalmente, "el precio máximo unitario de venta para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías". Los nuevos montos en base al paquete fiscal vs. los actuales, según calcularon desde SDC Asesores:
En línea con la suba de los parámetros para cada categoría, se ajustarán también las cuotas impositivas (entre un 278% y 510% más), la cuota de seguridad social (suba de entre un 212% y un 343%) y la cuota de obra social (entre un 212% y un 214% más) para el caso de obras locaciones y prestaciones de servicios.
Así, la cuota total para quienes abonen los tres componentes será de entre un 219% y un 425%, mientras que en el caso de venta de bienes (cosas muebles), la cuota total si se pagan todos los puntos subirá entre un 219% y un 353%. Las tablas nuevas:
El paquete fiscal elimina la exención que los monotributistas de las categorías A y B tienen sobre las cuotas impositivas. Este permiso, ahora rechazado, hoy aplica siempre que los monotributistas no obtengan ingresos por:
El proyecto que tratará nuevamente Diputados dispone que, a partir del 2025, los montos de facturación, los alquileres devengados, el precio máximo unitario de venta y las cuotas se actualizarán semestralmente por inflación.
También, por única vez, se facultad al Poder Ejecutivo a aumentar estos ítems en el período fiscal 2024, aunque "el aumento de las cuotas no podrá ser en un mayor porcentaje al aumento del monto de la facturación para la categoría que corresponda", marcó Dominguez.
"Los monotributistas que quedaron excluidos de pleno derecho desde el 1° de enero de 2024 por la aplicación de los parámetros vigentes antes de la modificación, van a poder volver a adherirse, por única vez, al régimen sin esperar los tres años que exige la Ley del Monotributo", repasó el tributarista.
Cabe señalar que esto "no aplica para aquel monotributista que, antes de superar los parámetros, se pasó al régimen general".