El gobierno de Panamá, mediante la Ley 438, estableció que los jubilados y pensionados del Programa de Invalidez, Vejez y Muerte (PIVM) recibirán un Bono Permanente a través de la Caja de Seguro Social (CSS). Este bono se divide en tres pagos anuales: B/.50.00 en abril, B/.50.00 en agosto y B/.40.00 en diciembre, sumando un total anual de B/.140.00.
La Ley 438, sancionada por el presidente Laurentino Cortizo Cohen el 14 de junio de 2024, establece el Programa de Beneficios Permanentes para los jubilados y pensionados del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y de Riesgos Profesionales de la Caja de Seguro Social. Esta ley reafirma el compromiso del gobierno con la población de la tercera edad del país.
Los pagos del bono estarán a cargo del Tesoro Nacional y, según la ley, el presupuesto necesario para estos pagos será incluido en el Presupuesto General del Estado. El financiamiento proviene del 30.77% del impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas, conforme al artículo 7-A de la Ley 45 de 1995.
El programa tiene como objetivo reconocer y apoyar a aquellas personas que han contribuido significativamente al crecimiento del país con su trabajo y dedicación. Además, proporciona un alivio financiero a jubilados y pensionados que reciben montos bajos en sus pensiones.
Este bono representa un importante beneficio anual para los jubilados y pensionados, proporcionándoles un ingreso adicional dividido en tres pagos a lo largo del año. El programa refleja el esfuerzo del gobierno por mejorar la calidad de vida de la población de la tercera edad en Panamá.
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El Bono Permanente para jubilados y pensionados podrá ser cobrado en los centros de la Caja de Seguro Social.