La Ley de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida en la Comunidad de Madrid ha recibido este miércoles el visto bueno del Consejo de Gobierno. Esta norma permitirá, entre otras fórmulas, cambiar de uso suelos o edificios de oficinas para utilizarlos como viviendas en alquiler asequible. La ley será enviada ahora a la Asamblea, que la tratará en el último pleno de junio para que entre en vigor de inmediato. La nueva normativa va a permitir la transformación de 20.000 oficinas en viviendas de alquiler asequible, lo que supone liberar para este fin unos 1,8 millones de metros cuadrados de suelo, según ha explicado el portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García. Con ella, añade, se aumentará el parque de vivienda regional, para facilitar su acceso a los madrileños. El texto ha sido elaborado desde la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, y establece concretamente una medida extraordinaria y temporal que autoriza el cambio de uso de suelo calificado como terciario –destinado a oficinas- a uno residencial, para la implantación de viviendas sujetas a alguna protección pública (VPP) en régimen de alquiler. Noticia Relacionada estandar Si Las oficinas en el sureste, en la lupa del cambio de uso a residencial en la Comunidad de Madrid Sara Medialdea Gobierno y mercado se alinean para obtener 20.000 inmuebles residenciales a partir de oficinas ahora sin uso Esta novedosa acción será posible sin necesidad de hacer una modificación del planeamiento. En su lugar se podrá realizar mediante licencia. Para ello, los ayuntamientos tendrán hasta cuatro meses para decidir su aplicación. En el caso de sigan adelante se habilita un plazo de dos años para solicitar la licencia y de tres como máximo para ejecutar la obra. Se podrá aplicar en parcelas vacantes o en edificios existentes, siempre que sea a toda la infraestructura. madrid_dia_0703 Además, la norma también trabaja para la simplificación de trámites, reducción de cargas o modificaciones que permitan una mejora organizativa y un impulso de esta actividad económica. E incluye la exención de los planes especiales para la implantación de VPP en las parcelas supramunicipales calificadas como equipamientos. Con ello se produce una reducción del plazo para su construcción de entre 8 y 12 meses. También se recoge un nuevo estándar sobre reservas de aparcamiento para las VPP, situando el número de plazas de aparcamiento en uno por vivienda. En todo caso, se respeta la autonomía local: los ayuntamientos podrán decidir su aplicación en su término municipal, así como establecer condiciones adicionales o definir los ámbitos territoriales para su implantación.