La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, ganó un round en su pelea judicial, aunque la pelea sigue: el "Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación", conocido popularmente como el Protocolo Antipiquetes, seguirá plenamente vigente. Aunque no se resolvió la cuestión de fondo, la Cámara Federal intervino minutos antes de iniciarse la audiencia en el proceso que analiza su constitucionalidad y removió el expediente del juzgado del juez de primera instancia que había limitado su aplicación.
Así lo dispuso hoy la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal en un fallo en el marco de la causa "María Celeste Fierro c/ ministerio de Seguridad" donde se cuestionó su constitucionalidad en línea con otras críticas que se plantearon a nivel internacional. El único juez que intervino en la decisión, a partir de los recursos presentados por las partes, fue Eduardo Farah, en nombre del tribunal.
De este modo, el magistrado de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, resolvió revocar el fallo de primera instancia que había sido apelado por el Ministerio de Seguridad, retrotrayendo con ello la situación del protocolo. Hace unos días se había suspendido la medida que condicionaba la aplicación del protocolo pero el proceso de fondo no se había frenado.
Asimismo, la Cámara rechazó la competencia del titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 28 de esta ciudad, Sebastián Casanello, quien se había expedido en esa oportunidad y preparaba hoy la segunda audiencia para analizar la constitucionalidad del protocolo.
El tribunal entendió, de este modo, que Casanello no resulta competente para las facultades que se arrogó al resolver el habeas corpus planteado por la referente del MST, Celeste Fierro, "determinando con su accionar una inoficiosa demora en el procedimiento natural del instituto, las que, al decir de la propia Cámara 'tales desviaciones han llevado a una desnaturalización de aquél y a demoras injustificadas", consignó el Ministerio de Seguridad en un parte de prensa.
Desde la cartera que comanda Bullrich recordaron que el magistrado de primera instancia dio curso en el trámite al planteo de 36 organizaciones sociales como amicus curiae, sin requerirles los estatutos para comprobar su personería. Entienden que, de este modo, hubo una irregularidad manifiesta a la hora de dar curso a la denuncia.
Casanello le había ordenado al Ministerio de Seguridad que "adecue la actuación de las fuerzas policiales y de seguridad federales a los límites impuestos por el Sistema Constitucional" en la aplicación del Protocolo Antipiquetes. En otras palabras, si bien nunca suspendió su aplicación, sí le había colocado límites a la conducta de las fuerzas de seguridad que solo podían actuar bajo supervisión judicial.
Mediante su presentación, Fierro había postulado la inconstitucionalidad del protocolo y a partir de ese momento, el juzgado reclamó una serie de informes al ministerio de Bullrich respecto a la elaboración y aplicación de esa normativa, que incluyó una primera audiencia en sede judicial.
En respuesta, el ministerio defendió la legalidad de la medida y remarcó que formaba parte de las competencias. Asimismo, negó denuncias de abusos por parte de fuerzas de seguridad a raíz de su aplicación, pese a que se puso la lupa sobre el accionar de la fuerza motorizada a partir de las lesiones que recibieron algunos de los manifestantes tras su intervención.
"EL PROTOCOLO DEL ORDEN GANA EN LA JUSTICIA", celebró Bullrich en un tuit. Y añadió: "Los que cortan, no cobran. Los que rompen, pagan. Los que violan la ley, van presos. Hoy la Cámara Criminal y Correccional Federal, Sala II nos acompañó. ¡El Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público sigue vigente!"
Ahora, el expediente saldrá del universo de Comodoro Py 2002 y pasará a la justicia en lo criminal ordinario que deberá resolver si tiene competencia en el tema. Si no, lo decidirá la Corte Suprema de Justicia.