El 27 de marzo, la revista científica The Lancet publicó un artículo en inglés, titulado “¿El cambio climático amenaza el derecho a la salud?”, en el que reflexiona sobre las implicaciones de un litigio climático, sin precedentes hasta ahora, en la justicia europea.
Desde hace algunos años, la mayoría de las ciudades europeas experimentan temperaturas récord en los meses de verano. Los fenómenos climáticos extremos más mortíferos son las olas de calor.
Para la Organización Meteorológica Mundial (OMM), la combinación de crisis climática, urbanización y envejecimiento de la población de Europa no solo origina vulnerabilidad al calor, sino que la agrava aún más.
La situación tiene mala pinta. Mientras escribo este artículo, algunos lugares del continente experimentan 30 grados en primavera y la lluvia no aparece ni por asomo.
La OMM considera que Europa es “el vivo reflejo de un mundo que se calienta”, y recuerda que incluso las sociedades bien preparadas no están a salvo de las consecuencias de los fenómenos climáticos extremos.
Una de las ciudades que desde hace años sucumbe al calor extremo es Ginebra, en Suiza. El verano pasado, por ejemplo, las piedras estuvieron a punto de fundirse cuando los termómetros de la ciudad superaron los 38 grados.
Durante los episodios de calor extremo, es frecuente que las autoridades europeas emitan alertas especiales para personas adultas mayores, sin hogar y niños, es decir, los grupos más expuestos a la sobrecarga térmica.
Como estos episodios son y serán más frecuentes, hace tres años una asociación de 2.000 mujeres suizas, con edades superiores a los 65 años, demandó al Estado por inacción climática ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La batalla legal entre su organización, KlimaSeniorinnen, y el Estado suizo empezó en el 2016. Las mujeres recurrieron a las instancias internas para denunciar los efectos potencialmente mortíferos de las olas de calor en la población adulta mayor.
Perder el conocimiento debido al calor extremo, sufrir deshidratación y verse forzadas a confinarse en sus casas fueron algunos de los impactos adversos para la salud física y mental que denunciaron.
Las voceras de KlimaSeniorinnen dijeron sentirse directamente afectadas porque Suiza no estaba haciendo lo suficiente para evitar el aumento de la temperatura global de más de 1,5 grados, con lo que tampoco estaba protegiendo a las solicitantes.
Un año después, en el 2017, los tribunales suizos desestimaron la denuncia por inadmisibilidad y argumentaron, entre otras cosas, que los derechos de las demandantes no fueron violentados por el Estado y, por tanto, no podían ser consideradas víctimas climáticas directas.
Las perjudicadas contraargumentaron que estas instancias ni se molestaron en analizar el fondo de la demanda, con lo cual la decisión, además de arbitraria, violaba sus derechos de acceso efectivo a un tribunal. El hecho de negar su condición de grupo vulnerable a las olas de calor también violaba sus derechos civiles.
KlimaSeniorinnen volvió a la carga en el 2020, esta vez ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. Junto a las voceras de la organización, participaron cuatro mujeres de más de 80 años. La mayor, nacida en 1931, falleció unos meses después.
La denuncia aduce que Suiza viola los artículos 2, 6, 8 y 13 de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativos al derecho a la vida, la libertad y la seguridad, y a un proceso legal equitativo y a un recurso eficaz.
Las denunciantes sostuvieron que los artículos antes mencionados debían considerarse a la luz de los principios de precaución y equidad intergeneracional, contenidos en el derecho ambiental internacional.
Dos días después de que The Lancet publicó su artículo, el 29 de marzo, se celebró la audiencia en la Gran Cámara del Tribunal. Ambas partes tuvieron la oportunidad de exponer sus argumentos.
En la audiencia también participaron gran cantidad de Estados miembros de la Unión Europea (UE), organizaciones de la sociedad civil, organizaciones internacionales y relatores especiales de las Naciones Unidas sobre sustancias tóxicas y derechos humanos, y sobre derechos humanos y medioambiente.
Cabe recordar que las sentencias del Tribunal sobre violaciones a la Convención son de acatamiento obligatorio para el Estado condenado.
Aunque algunas entidades, como el European Journal of International Law, consideran difícil estimar el resultado de esta demanda, opinan que establece, por sí misma, un precedente jurídico de alcance global en materia ambiental.
Independientemente del dictamen final, el Tribunal deberá, como mínimo, admitir la denuncia o no, y trazar la línea entre quienes pueden y quienes no pueden ser víctimas climáticas, en razón de su vulnerabilidad al calentamiento global.
Además, la instancia europea deberá argumentar acerca del efecto potencial que puede tener en la población la reducción de las emisiones de dióxido de carbono de un solo país, cuando la problemática involucra al planeta entero.
Lo que está claro para el European Journal of International Law es que los esfuerzos de mitigación de la emergencia climática no se limitan únicamente a reducir las emisiones. En este sentido, la demanda de KlimaSeniorinnen marca un antes y un después.
Pensando en Costa Rica y en su hábito de presumir internacionalmente de una tradición garantista en materia de derechos humanos y medioambiente, debemos preguntarnos si nuestro país está preparado para asumir un litigio por inacción climática y violaciones de los derechos a la vida y la salud. ¿Sería la justicia costarricense pronta y cumplida?
La autora cuenta con 15 años de experiencia internacional en las Naciones Unidas y la Unión Europea. Oriunda de la zona de los Santos, trabaja como consultora internacional en sostenibilidad aplicada a la industria agroalimentaria. Lectora asidua y fiel seguidora del músico canadiense Neil Young. Siga a Manuela en Facebook y Linkedln.