La Audiencia Nacional ha fallado a favor de Técnicas Reunidas en su reclamación contra las liquidaciones por el impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2008-2011. El importe de dichas liquidaciones ascendía a 117.235.956,53 euros más los intereses de demora devengados, unos 143 millones de euros en total, cantidad que no había sido abonada por la empresa y ni siquiera había sido provisionada, según fuentes de la misma. El fallo de la Audiencia reconoce que la aplicación por Técnicas Reunidas de la exención del artículo 50.1 del texto refundido de la ley del impuesto sobre Sociedades respecto del resultado de 11 UTE (Unión Temporal de Empresas) «a través de las que operaba en el extranjero era conforme a Derecho». Estas sentencias no tienen impacto en la cuenta de resultados del grupo y cabe contra ellas recurso por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo en los 30 días hábiles inmediatos al fallo. MÁS INFORMACIÓN Técnicas Reunidas se adjudica el desarrollo de la mayor planta de fertilizantes de Kazajistán Adicionalmente, y con el objetivo de minimizar futuras controversias, Técnicas Reunidas firmó en 2022 un Acuerdo Previo de Valoración con la Agencia Tributaria que define el modelo de tributación del Grupo fiscal en España en base a criterios BEPS desde el ejercicio 2015 en adelante. Todos los ejercicios anteriores a 2015 han sido ya inspeccionados.