También enmienda la reforma del Código Penal para rebajar penas por malversación si no hay lucro personal
MADRID, 9 (EUROPA PRESS)
El PDeCAT ha presentado una enmienda a la proposición de ley que busca acabar con el delito de sedición para plantear la derogación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el precepto en el que se ampararon el Parlament y el Congreso para despojar de sus actas de diputados a varios líderes del 'procés' estando procesados por el referéndum ilegal pero sin haber sido aún condenados.
En concreto, el artículo cuya eliminación propugna el PDeCAT, fija la suspensión como cargo público si existe "un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes".
Esta previsión se utilizó en 2018 para despojar de sus actas de diputados en el Parlament Raül Romeva, Oriol Junqueras, Josep Rull y Jordi Turull i Negre y un año después la Mesa del Congreso lo usó para suspender de su condición de diputados a los tres últimos y también a Jordi Sánchez.
En la justificación de su enmienda, recogida por Europa Press, el PDeCAT argumenta que, ante la demanda presentada por los cuatro políticos que fueron suspendidos en el Parlament, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sostiene que la aplicación del artículo 384 bis de la Lecrim "constituye una violación del artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles yPolíticos.
En su resolución del pasado mes de agosto, este comité mencionaba en concreto que ese pacto internacional "se reconoce y ampara el derecho de todo ciudadano a participar en la dirección de los asuntos públicos, el derecho a votar y a ser elegido, y el derecho a tener acceso a la función pública" y que con independencia de la forma de constitución o gobierno que adopte un Estado, "el ejercicio de estos derechos por los ciudadanos no puede suspenderse ni negarse".
PROTEGER DERECHOS DE ELECTORES Y ELECTOS
Para el diputado del PDeCAT Genís Boadella el artículo 384 bis de la Lecrim "absolutamente extemporáneo puesto que su aprobación fue fruto de un contexto en el que la actividad terrorista era notoria y constante" un escenario que, remarca, "afortunadamente ha quedado en el pasado".
Por consiguiente, la formación reclama su derogación "en aras de evitar que se vuelvan a lesionar los derechos de los electores y los representantes electos y así evitar violaciones del artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos".
Además, el PDeCAT ha incluido entre sus enmiendas una propuesta para rebajar las penas ahora previstas para el delito de malversación de fondos públicos en los casos en los que no haya un lucro personal, en la línea de lo también sugerido por ERC.
En concreto, plantean que cuando no exista ánimo de lucro (ni propio ni para un tercero), las penas sean inferiores tanto en el caso de las privativas de libertad (de uno a tres años) como de las de inhabilitación (de tres a seis años). No obstante, apuesta por mantener las penas actuales para aquellos casos en que se aprecie el ánimo de lucro de la autoridad o funcionario público o del tercero con igual ánimo.
ELIMINAR LA CONDICIÓN DE INTIMIDACIÓN
Además, sugieren la modificación al alza de las cantidades económicas existentes en este delito que, con el paso del tiempo y la realidad de las Administraciones Públicas, han acabado quedando desactualizadas.
Por otro lado, el PDeCAT también ha registrado una enmienda para eliminar el concepto de intimidación en la tipificación del nuevo delito de desórdenes públicos agravados, ya que, a su juicio, supone "entrar en una valoración subjetiva y no objetiva de los hechos", en palabras de Boadella.
Además, la formación ha registrado otra enmienda para rebajar la pena mínima de tres a un año en los casos del segundo apartado del artículo del nuevo delito de desórdenes públicos agravados, porque considera que "el precepto criminaliza las concentraciones masivas no por ser violentas, sino porque la organización y objetivos sean idóneos para afectar gravemente el orden público".
SUPRIMIR DELITO DE INJURIAS A LA CORONA
Asimismo, el PDeCAT aprovecha sus enmiendas para intentar que su supriman los delitos de injurias a la Corona y las ofensas o ultrajes al Estado español, sus comunidades autónomas o sus símbolos.
"La tipificación de los delitos de injurias a la Corona o la quema de banderas responden a una realidad anacrónica", ha afirmado Boadella, recordando que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya ha sentenciado en más de una ocasión que estos delitos no respetan el contenido del artículo 10 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en cuanto a libertad de expresión.