La Suprema Corte de Justicia de la Naci?n (SCJN) determin? invalidar el decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi?n referentes al derecho de las audiencias, y en particular a la obligaci?n que estaban sujetos los concesionarios de radio y televisi?n a tener que distinguir entre informaci?n y opini?n al presentar una noticia.
Durante la sesi?n p?blica del Pleno del m?ximo tribunal del pa?s, los ministros no tuvieron que entrar al fondo del asunto, pues el proyecto que avalaron por unanimidad argument? que existieron diversas irregularidades legislativas al realizar dichas reformas y adiciones aprobadas en octubre de 2017.
?Se puede advertir que se violaron las normas procedimentales que rigen los trabajos legislativos, pues aparentemente esto procedi? de lo que fue un dictamen conjunto de Comisiones Unidas, es decir, un acuerdo expreso de las tres Juntas Directivas que debi? convocar a una reuni?n extraordinaria conjunta, discutir el dictamen y resolver, lo que no sucedi??, explic? el ministro Alberto P?rez Day?n, encargado de elaborar este proyecto de sentencia.
De las principales violaciones que advirti? el ministro P?rez Day?n fue que el dictamen se aval? sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso, adem?s de que no se cumpli? con el requisito de que el dictamen se hubiese publicado en la Gaceta del Senado al menos 24 horas antes de su discusi?n.
?Estos requisitos fueron soslayados en la discusi?n correspondientes y significan una violaci?n a al proceso legislativo, as? como al derecho que asiste a las minor?as de no ser excluido de los procesos legislativos?, subray? P?rez Day?n.
La ministra Loreta Ort?z tambi?n consider? que esta reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi?n deb?a ser invalidada por falta de consulta a comunidades ind?genas y personas con discapacidad.
?A partir de una interpretaci?n del art?culo segundo constitucional, los pueblos y comunidades ind?genas tiene derechos a ser consultados previamente sobre pol?ticas y leyes que puedan afectarlos directamente. La denegaci?n de este derecho, sin duda, tendr? como efecto una violaci?n a sus derechos humanos?, puntualiz?.
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