Cuatro años después del brutal crimen de un joven en Rivas, que desencadenó en el caso de «Paco el Loco», el suceso sigue dando que hablar. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reducido en cuatro años (de 18 a 14) la pena impuesta a Javier Ceballos y lo ha condenado por un delito consumado de homicidio y no de asesinato como había acordado la Audiencia Provincial. Asimismo, lo absuelve del delito de profanación de cadáver.
Los hechos ocurrieron el 10 de agosto de 2016 en la localidad del sur de Madrid. Javier mató a puñaladas en su domicilio a Alberto P. C., de 27 años, al que conocía de practicar boxeo y muay thai. Durante el juicio, que tuvo lugar en noviembre de 2019, el condenado admitió el homicidio. Horas más tarde de acabar con la vida, sobre las diez de la mañana, comenzó a sonar el teléfono de Francisco Gomara, «Paco el Loco», a quien pidió ayuda para deshacerse del cadáver, que fue descuartizado y quemado en un bidón de gasolina en una finca de El Pardo.
En el banquillo de los acusados se sentaron también David T., compañero de piso del homicida, y Alejandra S., acusada de encubrimiento porque el vehículo en el que supuestamente se trasladó el cadáver era de su propiedad, pero los resultados de ADN dieron negativo. David descubrió el cadáver de Alberto a las cuatro de la madrugada, cuando Javier le abrió la puerta de la vivienda, lleno de sangre. En el suelo de la cocina yacía ya sin vida Alberto. La escena que presenció era de terror, con las paredes y suelos ensangrentados.
Según recoge el fallo de la Audiencia Provincial, que ha confirmado el TSJM, esto «le produjo tal estado de agitación que estuvo deambulando durante cinco días, sumido en un estado de confusión que anuló su voluntad y que le impedía poner los hechos en conocimiento de la Guardia Civil, situación que le produjo un estrés postraumático». Por el «miedo insuperable», los magistrados lo han dejado en libertad. Tras analizar las pruebas, Alejandra también fue absuelta.
En el fallo, la Sala de lo Civil y Penal confirma la pena de dos años y tres meses de prisión para «Paco el Loco», al que mantiene como autor de un delito de encubrimiento. Durante el juicio, sostuvo en todo momento que era «ajeno» al crimen y Javier lo incriminaba por su «enemistad». Los investigadores, en cambio, aseguraron que podría haber recibido 4.000 euros por ayudarle a deshacerse del cuerpo. En el marco de las investigaciones, los agentes incautaron en la casa de «Paco El Loco» un arsenal de pistolas y una libreta con anotaciones sobre sus negocios en los que, al parecer, estaban reflejadas las deudas de sus clientes. Era conocido por «resolver problemas» y realizar «extorsiones» si no pagaban lo que le debían.
El TSJM estima que los indicios que valieron al jurado popular para dar por cierto que el crimen se cometió de manera sorpresiva, con impedimento de defensa, fueron «insuficientes» y que, a tenor de lo visto en el caso, se está en «meras hipótesis o posibilidades inhábiles para determinar con certeza la forma en que se produjo la muerte, el modus operandi o las circunstancias que rodearon el hecho». «No se ha acreditado que la muerte violenta fuese mediante un ataque sorpresivo ni que la víctima estuviese desprevenida, y la inexistencia de lesiones en el agresor, más allá de un corte en la mano izquierda, puede responder a múltiples razones, no sólo a la indefensión de la víctima y acto de degollamiento», asegura la Sala, que defiende que los hechos son constitutivos de homicidio.