Pedro Sánchez está decidido a hacer la vista gorda ante la inhabilitación de Quim Torra por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y, en ese propósito, no le importa negar la legitimidad de la Junta Electoral Central (JEC) para retirar el acta de parlamentario al dirigente catalán. El presidente exige esperar a que el Supremo confirme la pena, pese a que la ley electoral —en su artículo 2.6 b)— señala que la pérdida de credencial de Torra debe ser inmediata, sin necesidad de una condena firme. «Estamos en un Estado de Derecho», «su situación no se va a aclarar hasta más adelante», señaló el domingo a los periodistas, «rehabilitando» a Torra como interlocutor. Y desoyendo a la Justicia.
Sánchez afirmó en el debate de investidura que la decisión de la JEC, avalada luego por el Supremo, no era más que una «artimaña extrajurídica» de la oposición para «tratar de sabotear» su investidura. La portavoz del PSOE en el Congreso, Adriana Lastra, despreció a la Junta vinculándola con la «ultraderecha» y le acusó de extralimitarse en sus funciones: «Tenemos serias dudas de que la Junta Electoral Central sea competente para adoptar estos acuerdos», afirmó temerosa de perder el favor de ERC.
Este ninguneo del PSOE a la Junta Electoral y la actitud evasiva del Gobierno para aplicar la ley contrasta con la del Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, que sí recurrió a la JEC para apartar a políticos inhabilitados por la Justicia, tal y como han hecho ahora PP, Cs y Vox, acusados hoy de antidemocráticos por Sánchez. El precedente más famoso es de 2009. La exalcaldesa de Hernani y última portavoz de Bildu en el Congreso, Marian Beitialarrangoitia, fue condenada por enaltecimiento del terrorismo por la Audiencia Nacional, aunque luego sería absuelta por el Supremo. Y entonces sí el Gobierno del PSOE invocó la fuerza de la Junta Electoral para proceder a la inhabilitación y echarle del Ayuntamiento guipuzcoano.
A Beitialarrangoitia se le sentenció en primera instancia a un año de cárcel y siete de inhabilitación por expresar su apoyo a los etarras que volaron la terminal T-4 de Barajas, asesinando a dos hombres. La regidora se negó a entregar el acta y el Ayuntamiento vasco se declaró en rebeldía, tal y como hace hoy Torra protegido por el presidente del Parlament, Torrent.
Mientras hoy el Ejecutivo de Sánchez baja la vista ante la desobediencia de las dos máximas autoridades autonómicas catalanas, Zapatero activó los recursos del Estado: la Abogacía del Estado consultó a la JEC cómo proceder y el Ejecutivo envió requerimientos al Consistorio para tratar de ejecutar la inhabilitación dictada por la Audiencia Nacional. Nadie en el PSOE pidió esperar a una confirmación del Supremo, como pide ahora Sánchez.
La ley ya estaba clara. La JEC confirmaba la inelegibilidad sobrevenida de la alcaldesa y la obligación de apartarle del puesto. Ante la resistencia del Consistorio vasco, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, anunció que se tomarían las «medidas oportunas» para desalojarla, aunque sin éxito. Beitialarrangoitia, finalmente absuelta, concluyó la legislatura en el sillón de mando de Hernani. El Gobierno socialista expresó entonces su preocupación por que «personas que están inhabilitadas» para el ejercicio de cargos púbicos «no permanezcan en los órganos de representación». Ahora, no.
La JEC lleva años firmando resoluciones similares a la que afecta al presidente catalán. El PSOE oculta que la inhabilitación sobrevenida de Torra, y su prohibición a presentarse a unas elecciones autonómicas, es posible gracias a una reforma legal que lleva la firma socialista y del PP. En 2011 los dos grandes partidos aprobaron, a instancias de UPyD, una reforma electoral que cerraba el paso a las instituciones a los herederos de Batasuna.
Desde entonces, la Ley electoral prevé, en su artículo 6.2 b), que son inelegibles los condenados por delitos de rebelión, terrorismo, contra las Instituciones del Estado y también contra la Administración Pública, aunque la sentencia no sea firme, y cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación. En el 6.4 se precisa que «las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad»; es decir, que cabe la inhabilitación sobrevenida para cargos ya electos. Torra ha sido sentenciado por el TSJ catalán por desobediencia, por no descolgar los lazos amarillos en apoyo a los políticos presos catalanes de la sede de la Generalitat en campaña electoral.
Más reciente: en 2017, PSOE y Podemos defendieron en el Congreso la expulsión automática de políticos en todos los supuestos que recoge la ley electoral, incluido el delito de desobediencia que atañe a Torra. Los socialistas registraron una enmienda a la proposición de ley de Ciudadanos para luchar contra la corrupción en la que pedían «agravar el régimen de inelegibilidad». Su justificación: «Garantizar la integridad de nuestros representantes políticos».
Podemos ensanchó el marco de los delitos que acarrean inhabilitación y la inelegibilidad de los condenados por sentencia, «aunque no sea firme» y de los investigados si lo provisiona el juez. Aunque quizá pensaban solo en la corrupción económica, y no del orden constitucional.