La Unión Ciclista Internacional (UCI) ha confirmado que el corredor español Samuel Sánchez «ha sido sancionado con un período de inelegibilidad de dos años» por violación de la regla antidopaje (ADRV) cometida el 9 de agosto de 2017, por presencia y uso de la sustancia prohibida GHRP-2 y su metabolito GHRP-2 M2.
«Después de una revisión cuidadosa de las explicaciones y las pruebas presentadas por Samuel Sánchez, la UCI ha aceptado la posibilidad de que el origen del ADRV sea un suplemento contaminado que el corredor estaba tomando», dice la una nota de la UCI. «Como Sánchez ha sido suspendido provisionalmente desde el 17 de agosto de 2017, su período de inelegibilidad finalizará el 16 de agosto de 2019».
Si bien la UCI hubiera preferido que el caso se resolviera antes, el establecimiento de la fuente del ADRV requería múltiples análisis científicos, así como investigaciones de seguimiento, para asegurarse de que se alcanzaron las conclusiones correctas.
El caso se resolvió mediante la aceptación de las consecuencias según lo dispuesto por el Código Mundial Antidopaje y las Reglas Antidopaje de la UCI. La resolución puede ser apelada por la Organización Nacional Antidopaje de España y la Agencia Mundial Antidopaje.
«La UCI no hará más comentarios en este momento», concluye la nota.
Samuel Sánchez, campeón olímpico en Pekín 2008, dio positivo en un control antidopaje en 2017, lo que costó su baja de última hora en la Vuelta a España. La muestra B de Samuel Sánchez también dio positivo y su equipo, el BMC rompió su contrato.