Seis días después de que el Parlament proclamara la declaración unilateral de independencia (DUI) de Cataluña, el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y otros ocho antiguos integrantes del Govern pasaron ayer su primera noche en prisión. Con un tercio del destituido Govern en rebeldía en tierras belgas, sólo nueve ex consejeros acudieron ayer a la Audiencia Nacional para declarar como investigados por rebelión, sedición y malversación, una comparecencia tras la cual la juez Carmen Lamela acordó, tal y como le pidió la Fiscalía, la prisión incondicional de ocho de ellos (los letrados de VOX, que ejerce la acusación popular, reclamaron esa medida para todos ellos). Además de Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Dolors Bassa, Meritxell Borràs, Carles Mundó y Joaquim Forn, la magistrada también envió a la cárcel a Santi Vila, el ex responsable de la Consejería de Empresa que dimitió de su cargo horas antes de la proclamación de la república catalana, pero éste podrá recuperar la libertad si paga una fianza de 50.000 euros, una medida que solicitaron los fiscales Miguel Ángel Carballo y Pedro Rubira. En su caso, Lamela no advierte riesgo de reiteración delictiva al haber puesto de manifiesto con su renuncia in extremis «su voluntad contraria a consumar el intento secesionista». Si sale de la cárcel (hoy mismo está previsto que abone la fianza), deberá presentarse en el juzgado cada 15 días, se le prohibirá salir de España y tendrá que entregar el pasaporte.
En su resolución, Lamela sustenta la adopción de la medida cautelar en el riesgo de fuga, en la «alta probabilidad» de que los investigados «puedan proceder a ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba» y al «alto riesgo» de reiteración delictiva, teniendo en cuenta, subraya, que la mayoría (salvo Turull y Forn, que se incorporaron al Govern el pasado julio) lleva más de dos años «reincidiendo constantemente en actuaciones contrarias a las resoluciones del Tribunal Constitucional». La huida de Puigdemont tampoco ha ayudado, sino todo lo contrario, a mitigar el riesgo de fuga, pues la instructora hace referencia, para apuntalar esa posibilidad, a que «algunos querellados ya se han desplazado a otros países eludiendo las responsabilidades penales en las que pueden haber incurrido». Su poder adquisitivo, además, «les permite abandonar fácilmente el territorio español y subsistir en el extranjero». La juez también ha tenido en cuenta la gravedad de los delitos y las elevadas penas que acarrean, que suman hasta 50 años de prisión (25 por rebelión, 15 por sedición y diez por malversación si hay falseamiento de contabilidad). «A mayor gravedad de los hechos y de la pena, más intensa cabe presumir la tentación de huida», hace hincapié.
Igualmente, la instructora de la causa ha valorado el hecho de que todos ellos «vienen operando dentro de un grupo perfectamente organizado de personas, apoyados por asociaciones soberanistas con poder y capacidad para auxiliarles en su posible huida de la Justicia». Algunos de ellos, añade, pertenecen a organizaciones como ANC y Òmnium, que «han jugado un papel decisivo en el proceso soberanista». En su decisión «cobra especial importancia el papel que todos los querellados protagonizaron desde sus cargos públicos, sin los cuales el proceso independentista no hubiera podido impulsarse». Su actuación, dice, fue «meditada y perfectamente preparada y organizada» y la llevaron a cabo desarrollando un «papel activo», «franqueando toda clase de barreras que pudieran desviarles de su última finalidad».
De los nueve comparecientes, ocho sólo respondieron en el mismo sentido a las preguntas de su abogado, denunciando la vulneración de su derecho de defensa por haber recibido la citación para declarar apenas 24 horas antes y negando el uso de la violencia en el proceso soberanista, por lo que sus comparecencias apenas duraron cinco minutos. Únicamente Vila, que declaró por espacio de 45 minutos, se desmarcó de esa estrategia procesal y accedió a responder a todas las cuestiones tanto de los fiscales como de la juez.
En el auto de prisión, Lamela hace suyo el relato de hechos de la querella de la Fiscalía y replica a las defensas de los investigados, que aseguraron que sus clientes «no están de acuerdo con la violencia y no han propugnado actos violentos», negando la rebelión que se les imputa. «Olvidan con ello –asegura– que urdieron una estrategia de todo el movimiento secesionista, perfectamente organizada y con reparto de papeles» que llevaría a la celebración del 1-O y a la declaración de independencia. «Todos ellos formaban parte del Govern, en cuyo seno los acuerdos se tomaban de forma conjunta y en reuniones periódicas». Y todos conocían, añade, «las distintas actividades llevadas a cabo para llegar a la independencia, que consentían y apoyaban, y que incluían las movilizaciones tumultuarias organizadas».
La juez personaliza los hechos supuestamente delictivos respecto de algunos investigados. Del ex conseller de Interior Joaquim Forn dice que el pasado 11 de octubre declaró que los Mossos permitirían «votar con tranquilidad» el 1-O y aseguró que no habría ningún conflicto entre agentes autonómicos y Policía y la Guardia Civil «si hay buena voluntad y se acepta la nueva realidad política». Y es que en la gran mayoría de los casos, subraya, la actitud mostrada por los agentes autonómicos «fue pasiva, manteniéndose al margen de cualquier actuación desarrollada por la Guardia Civil, evitando intervenir incluso» en los casos en los que miembros del Instituto Armado «eran agredidos».
Respecto a Josep Rull, recuerda su «rechazo institucional al contingente policial desplazado a Cataluña» y de Dolors Bassa, ex consejera de Trabajo, incide en que «alentó la convocatoria de huelga» del 2 al 13 de octubre. En cuanto a la posible malversación de caudales públicos, señala a Borràs, consejera de Gobernación, por «adoptar las medidas encaminadas a obtener los medios con que poder celebrar el referéndum», dictando para ello un acuerdo marco «para el suministro de urnas». Todos los querellados, hace hincapié, «han hecho posible la realización de pagos para llevar a cabo un acto no ya contrario a Derecho, sino constitutivo de delito en tanto vulnerador de la declaración de inconstitucionalidad» acordada por el TC.