La anunciada querella de la Fiscalía por rebelión contra Puigdemont, sus consejeros, Forcadell y los miembros de la Mesa del Parlament que permitieron tramitar la DUI será finalmente bicéfala. Por un lado, según confirmaron fuentes jurídicas, el Ministerio Público denunciará a partir de mañana al ex presidente de la Generalitat, a Oriol Junqueras y a los otros once consejeros previsiblemente ante la Audiencia Nacional, al haber perdido todos ellos su aforamiento como miembros del Ejecutivo autonómico, tras su cese en aplicación del artículo 155, y asimismo el que disfrutaban como diputados autonómicos despúes de la disolución del Parlament.
Por otro lado, la querella de la Fiscalía contra Forcadell, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet –los otros tres miembros de la Mesa del Parlament que el pasado viernes avalaron la votación de la declaración unilateral de independencia– se formalizará, según esas mismas fuentes, ante la Sala Penal del Tribunal Supremo (TS), dado que los cuatro sí mantienen su condición de aforados por formar parte de la Diputación Permanente de la Cámara autonómica. Aunque su aforamiento es normalmente ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), cuando los hechos por los que se les investigan se han llevado a cabo fuera del territorio catalán la competencia recae en el Alto Tribunal.
La Fiscalía enmarca esos pasos en la dinámica insurreccional impulsada por todos los querellados, tanto Puigdemont y su Govern como los miembros de la Mesa del Parlament, que incluye actos llevados a cabo fuera de Cataluña (la creación y gestión de las webs del 1-O, por ejemplo) y cuyos efectos, en todo caso, han desbordado los límites de la comunidad autónoma, afectando a toda España.
En este caso, el aforamiento de Forcadell ante el Supremo no acarreará que la denuncia contra el Govern se presente también ante dicho tribunal sino que, como se ha apuntado, la pérdida del aforamiento llevará a la Audiencia Nacional la denuncia conra Puigdemont de la Fiscalía, que ya investiga por sedición al mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, y a los líderes soberanistas Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, «los Jordis», en prisión provisional por esta causa desde el pasado día 16.
Aunque la rebelión, castigada con penas hasta de 30 años de prisión cuando se comete por una autoridad, exige un alzamiento de carácter «público y violento» para, entre otros fines, conseguir la independencia de una parte de España, la Fiscalía entiende que esa violencia ya se ha producido en esta escalada insurreccional con los incidentes registrados los pasados 20 y 21 de septiembre durante los registros practicados por orden judicial en varias consejerías de la Generalitat.
En todo caso, las querellas de la Fiscalía podrían incluir una calificación alternativa, la del delito de sedición, para curarse en salud por si la Audiencia Nacional no considera acreditado el uso de la violencia. La sedición, para la que el Código Penal prevé penas de hasta 15 años de prisión, no precisa de un comportamiento violento, pero sí «público y tumultuario» para impedir la aplicación de la ley por la fuerza o al margen de las vías legales.
Con la pérdida del aforamiento, la investigación a Puigdemont y sus consejeros por desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (ante el que aún no han declarado como imputados los querellados) pondría también rumbo a la Audiencia Nacional, donde se acumularía a las diligencias por rebelión. Respecto a la querella contra Forcadell y los miembros de la Mesa, la investigación debería seguir en el TSJC en la medida en que los hechos se circunscriben al territorio de la comunidad autónoma, pero al enmarcarse en esa dinámica independentista pasaría también a manos del TS.