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El SEPE lo confirma: estos son los requisitos para mantener el cobro del paro cuando encuentres trabajo

Encontrar un empleo mientras se está cobrando la prestación por desempleo ya no implica renunciar de forma inmediata al apoyo económico del Estado. En la actualidad, los trabajadores que perciben el paro y logran reincorporarse al mercado laboral pueden seguir cobrando una prestación complementaria a su salario, siempre que se ajusten a unos parámetros concretos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal. Por tanto, si es tu casa y quieres percibir dicha cuantía adicional, es recomendable que tengas en mente todos los requisitos que exige la institución.

Este sistema se ha reforzado desde el 1 de enero de 2026, fecha en la que ya ha entrado en vigor el denominado Complemento de Apoyo al Empleo. A partir de ese momento, el SEPE lo abona de oficio a quienes ya estuvieran percibiendo el paro, sin necesidad de que el trabajador lo solicite de forma explícita. De esta manera, el acto de abonar de oficio implica que la Administración reconoce y aplica automáticamente el derecho cuando se cumplen los requisitos, lo que reduce trámites, elimina solicitudes innecesarias y agiliza el cobro para el contribuyente.

¿Qué es el Complemento de Apoyo al Empleo y cómo funciona?

El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) es una ayuda económica vinculada a la prestación contributiva por desempleo que permite compatibilizar durante un periodo limitado el cobro del paro con un salario por trabajo por cuenta ajena. No es una prestación nueva ni independiente, sino una modalidad de compatibilidad que puede aplicarse tanto en contratos a jornada completa como parcial. El cambio responde a la voluntad de incentivar la reincorporación al empleo y evitar una pérdida brusca de ingresos al iniciar una nueva etapa laboral.

¿Qué requisito debes cumplir para cobrar el CAE?

Según el comunicado emitido por el Ministerio de Trabajo el pasado 16 de enero, uno de los requisitos principales es tener reconocida una prestación contributiva por desempleo de al menos catorce meses de duración. Además, dicha prestación debe haber sido aprobada después del 1 de abril de 2025, lo que sitúa el acceso al complemento dentro del nuevo marco normativo diseñado para el CAE. En esta clase de trámites, cumplir los plazos es un motivo indispensable, por lo que conviene hacer los cálculos antes de nada.

A este requisito se suman otros dos criterios clave. Por un lado, el trabajador debe haber percibido un mínimo de nueve meses de prestación antes de iniciar el nuevo empleo y debe haber firmado un contrato por cuenta ajena, ya sea a jornada completa o parcial. Solo cuando se cumplen todas estas condiciones de forma conjunta el SEPE procede a aplicar el complemento automáticamente, sin que el beneficiario tenga que realizar ningún trámite adicional.

Estas son las cuantías a percibir y el nuevo cambio

Las cuantías del Complemento de Apoyo al Empleo varían según el momento en el que se accede al trabajo y el tipo de jornada. La primera cuantía se consigue si el oficio comienza en el décimos mes de prestación. En este caso se pueden cobrar 480 euros mensuales en jornadas completas, 450 euros en jornadas iguales o superiores al 75%, 420 euros en jornadas del 50% o más y 360 euros en jornadas por debajo de dicho porcentaje, pudiendo percibirse el complemento durante un mes. En cambio, si el trabajo se consigue entre los meses 22 y 24, el periodo máximo recogido, las cuantías bajan a 180, 150, 120 y 90 euros mensuales respectivamente, con una duración de hasta seis meses, por lo que se distribuye el pago.

Por último, el SEPE recuerda que cada día que se cobra este complemento consume un día de la prestación por desempleo que aún quedaba pendiente. Aunque el CAE permite seguir cobrando una parte del paro mientras se trabaja, no amplía el número total de días reconocidos, sino que los utiliza durante el periodo de compatibilidad. Esto quiere decir que, si aceptas este complemento, podrías agotar antes tu derecho total al paro si lo comparas con no usarlo mientras trabajas.

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